Una vecina de Jerez tendrá que pagar 1.200 euros a un policía por insultarlo en el hospital y publicar el vídeo en redes

Los hechos se produjeron tras la detención de su hijo en un macrobotellón celebrado en la plaza Jesús María

Las urgencias del Hospital de Jerez.
23 de febrero de 2026 a las 14:04h

El Juzgado de lo Penal número 1 de Jerez ha dictado sentencia condenatoria contra una mujer residente en la ciudad por difundir en redes sociales y aplicaciones de mensajería un vídeo en el que increpaba, insultaba y difamaba a un agente de la Policía Nacional. La grabación fue realizada por la propia autora dentro del recinto del Hospital Universitario del Servicio Andaluz de Salud, donde el policía se encontraba en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos se originaron tras la detención del hijo de la condenada durante un operativo policial destinado a disolver un macrobotellón que se celebraba en la plaza Jesús María. La intervención se llevó a cabo después de las reiteradas quejas vecinales por ruidos, suciedad y daños en el mobiliario urbano. Durante la actuación, el joven fue arrestado por presuntamente acometer e intentar agredir físicamente a los agentes cuando estos ordenaban a los congregados cesar su conducta.

El detenido fue acusado de un presunto delito de atentado contra agentes de la autoridad y, debido al estado de alteración que presentaba, fue trasladado al área de urgencias del hospital para su evaluación médica. Fue en ese contexto cuando su madre accedió a los boxes de urgencias y comenzó a increpar a los policías presentes, centrando su actitud en uno de los agentes.

Amenazas e injurias

Según recoge la sentencia, la mujer grabó al funcionario con su teléfono móvil mientras profería insultos, amenazas e injurias. Posteriormente difundió las imágenes junto con afirmaciones falsas en diversas redes sociales y servicios de mensajería instantánea, realizando manifestaciones ofensivas y alentando un señalamiento público injustificado contra el agente, lo que supuso un menoscabo de su dignidad profesional y personal.

El fallo judicial considera acreditados estos hechos y condena a la autora por un delito contra las instituciones del Estado, previsto en el artículo 504.2 del Código Penal, en relación con los artículos 205, 208, 211 y 215.1 del mismo texto legal. La sentencia impone una multa de 2.295 euros, de los cuales 1.200 euros corresponden a la indemnización directa al agente por los daños morales sufridos.

Sobre el autor

Emilio Cabrera

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