El TSJA reduce en dos años y medio la condena del asesino de Raquel Barrera

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El alto tribunal andaluz estima parcialmente el recurso que presentó su defensa y considera que concurren las atenunantes de confesión y reparación del daño, por lo que cumplirá 15 años en prisión.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reducido en dos años y medio la pena de prisión de José Antonio Cantalapiedra, que el pasado mes de julio era condenado a 17,5 años por matar a su mujer, Raquel Barrera, en la madrugada del 6 de abril de 2014. El alto tribunal, según adelanta Canal Sur Radio, ha estimado parcialmente el recurso que presentó su defensa, por lo que ahora deberá cumplir 15 años de cárcel, la mínima prevista para el delito de asesinato.

El TSJA, en su fallo, considera que concurren las atenuantes de confesión y de reparación del daño, además del de embriaguez, que ya había considerado el jurado popular. Por otro lado, desestima la petición de la defensa de que no se considerase que los hechos se habían cometido con alevosía, así que se mantiene la calificación de los hechos como asesinato. La prohibición de aproximarse a su hijo y a los padres de Raquel en un radio de 500 metros durante 25 años impuesta a Cantalapiedra no ha sido modificada.

Por su parte, los abogados de la familia de la víctima ya han confirmado que formularán un recurso de casación ante el Tribunal Supremo por considerar que la sentencia no está ajustada a derecho, pues "se aparta sensiblemente de la jurisprudencia emanada del Tribunal Supremo sobre la calificación y la valoración de las atenuantes que han sido aplicadas por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía", han señalado a Canal Sur Radio. Además, consideran que no concurren las atenuantes aplicadas de confesión y de reparación del daño, pues "no se dan los requisitos necesarios para que puedan ser aplicadas conforme a la doctrina del Tribunal Supremo".

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