El Supremo confirma el "cese" del anterior presidente del Consejo Regulador

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El Alto Tribunal avala la tesis del TSJA y rechaza el recurso interpuesto por el ex consejero Antonio Fernández, que pretendía que le reconociesen que había sido despedido.

El Tribunal Supremo rechaza el recurso de Antonio Fernández, ex consejero de Empleo de la Junta de Andalucía, que pretendía que se considerase como despido su cese como presidente del Consejo Regulador de las denominaciones de Origen Jerez-Xeres-Sherry, Manzanilla y Vinagre de Jerez, que se hizo efectivo tras su ingreso en prisión provisional en abril de 2012 por el caso de los ERE fraudulentos.

La Sala de lo Social del TS inadmite el recurso del ex consejero y declara firme la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), según publica Europa Press, en la que el Alto tribunal andaluz estableció que la relación de Fernández con el Consejo Regulador no era común sino especial de alta dirección. En la sentencia se recoge que no cabe la suspensión del contrato por su situación de prisión provisional, al no estar prevista dicha situación en el Real Decreto 1382/1985 que regula la relación laboral especial de alta dirección.

El TSJA estimó en parte el recurso del Consejo Regulador contra la sentencia de primera instancia del Juzgado de lo Social número 1 de Jerez, que consideró que sí hubo despido y que fue improcedente. Antonio Fernández presentó recurso para la unificación de doctrina ante la Sala de lo Social del Supremo cuestionando el carácter especial de su relación con el Consejo Regulador; defendiendo la posibilidad de suspender el contrato por la situación de prisión provisional, y solicitando la declaración de nulidad o subsidiariamente improcedencia del despido.

El Supremo rechaza el recurso porque las sentencias planteadas por el ex consejero como de contraste con la del TSJA no plantean supuestos similares, por lo que no puede entrar en el fondo del asunto. El TS recuerda que el TSJA, en su sentencia, "tras mostrar su asombro por la terminología sorprendentemente burda e imprecisa utilizada por una institución como la demandada —que es el Consejo Regulador más antiguo de España— para contratar a su presidente, considera evidente que ambas partes utilizaron conscientemente una modalidad contractual inadecuada para la prestación de que se trataba, con la finalidad de eludir la aplicación del Real Decreto 1382/1985, pues a la vista del cargo ostentado y de las funciones asignadas y desempeñadas por el actor, es claro que la relación era especial de alta dirección".

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