Saldaña Menacho juicio ERE.jpg
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Desde mediados de la semana pasada se vienen conociendo las primeras sentencias de los juicios individuales de afectados por el ERE municipal, que vienen siguiendo la misma tónica: Declarados improcedentes los de menores de 59 años y procedentes los de más de 59. Tras la previsible noticia, La Voz del Sur ha tenido acceso a una de las sentencias que declara improcedente el despido de un trabajador municipal al no haber "constancia documental" de su elección siguiendo los criterios expuestos en la memoria presentada ante el TSJA: Competencias técnicas, habilidad, experiencia, polivalencia, eficiencia y productividad y formación.

En la citada sentencia se recoge: "No se ha tenido por válido a los efectos de prueba el documento adjunto al escrito presentado por el Ayuntamiento con fecha 10-02-15, consistente en un cuadrante de diversos colores, pues el mismo no formaba parte de la memoria explicativa que le fue solicitada ni fue entregado a los representantes de los trabajadores junto a la citada memoria y ha sido confeccionado con posterioridad expresamente para el juicio".

El magistrado Lino Román, del juzgado de lo Social número 1 de Jerez, recoge en su auto que "de las pruebas practicadas ha quedado acreditado que no existe ni existió documento alguno en el que se llevara a cabo valoración personal de cada uno de los trabajadores afectados por el despido, ni de los afectados". Incluso recoge el testimonio de un director de área que "no participó en la selección de los trabajadores despedidos desconociendo que existiera alguna evaluación", como aseguró el Ayuntamiento. La delegada de Educación, Lidia Menacho, aseguró en sede judicial que fue ella la que realizó la selección de afectados, aunque como recoge el juez,  "no existía documento alguno de evaluación por escrito".

Hasta habla el magistrado de que la selección se llevó a cabo a través de un "proceso mental" de cada uno de los delegados basándose en "los comentarios obtenidos de los trabajadores afectados, en base a la rumorología incluso de personas ajenas al propio Ayuntamiento, la actitud ante el trabajo, no valorando la formación sino quien trabajaba bien o que funciones eran mas prescindibles".

​Por ello asegura que "no es de recibo, ni es creíble, ni consta acreditado" la manifestación de la abogada de Deloitte que defiende al Ayuntamiento en la que asegura que no hubo documentación por escrito que respaldara la selección de afectados y que si la hubo "se destruyó porque los concejales recibieron amenazas". 

El hecho de que no haya esta prueba documental supone para el magistrado incurrir en un estado de "indefensión" para los afectados, ya que les es imposible conocer los criterios seguidos para justificar su despido y su prioridad con respecto a otros compañeros del mismo área. También recoge la sentencia la lista de "imprescindibles" elaborada por los responsables de cada delegación y que sin embargo algunos fueron incluidos en el ERE. En la prueba testifical de los juicios celebrados durante el mes de febrero queda probada, según el juez, la valoraciónn "personal, subjetiva y arbitraria" seguida por los delegados municipales. El magistrado se refiere al teniente de alcalde Antonio Saldaña para resaltar que se contradijo en sede judicial al afirmar que "no dijo lo que se recoge en hechos probados en la sala de lo social del TSJA", cuando afirmó que se incluyeron el Expediente a los trabajadores más "flojos, vagos o quejicas".

Sobre el autor:

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Francisco Romero

Licenciado en Periodismo por la Universidad de Sevilla. Antes de terminar la carrera, empecé mi trayectoria, primero como becario y luego en plantilla, en Diario de Jerez. Con 25 años participé en la fundación de un periódico, El Independiente de Cádiz, que a pesar de su corta trayectoria obtuvo el Premio Andalucía de Periodismo en 2014 por la gran calidad de su suplemento dominical. Desde 2014 escribo en lavozdelsur.es, un periódico digital andaluz del que formé parte de su fundación, en el que ahora ejerzo de subdirector. En 2019 obtuve una mención especial del Premio Cádiz de Periodismo, y en 2023 un accésit del Premio Nacional de Periodismo Juan Andrés García de la Asociación de la Prensa de Jerez.

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