Condenan a un ciclista por cruzar un paso de peatones e impactar contra un turismo

Un juez de Sevilla considera que realizó una maniobra "antirreglamentaria y culposa" ya que el coche no estaba obligado a cederle el paso, solo a los peatones, y le obliga a pagar los daños del vehículo.

La escena suele repetirse con frecuencia: ciclistas que incumplen la normativa y cruzan pasos de cebra montados en sus bicicletas en lugar de bajarse de su vehículo y hacerlo a pie, poniendo en peligro no solo a los propios peatones, sino su propia integridad al poder colisionar con cualquier otro vehículo. Porque, llegado el caso, ¿quién tendría la culpa? Un juez de Sevilla lo ha dejado bien claro, condenando a un ciclista a indemnizar con 500,42 euros al conductor de un coche con el que colisionó y causó daños en su lateral derecho cuando cruzaba por un paso de peatones regulado por un semáforo pero sin carril bici.

Según informa Diario de Sevilla, el suceso ocurrió hace prácticamente un año, cuando el ciclista cruzaba el paso de cebra, regulado por un semáforo, estando en fase verde para los peatones y en ámbar intermitente el que regula el paso de vehículos a motor. Según la sentencia del titular del juzgado de Primera Instancia número 2 de Sevilla, en el atestado de la Policía se hacía una "certera referencia" a los apartados C y D del artículo 168 del Reglamento General de Circulación que, en conjunción con el artículo 23.5a de la Ley sobre Tráfico y circulación de vehículos a motor, señalan que "el ciclista no gozaba de prioridad de paso, aunque estuviera en fase habilitante para paso de peatones el semáforo”, además de recordar que la bicicleta debió de haber cedido el paso a los vehículos a motor que circularan por ese momento, ya que estos sólo estaban obligados a ceder el paso a los peatones. 

En la sentencia el juez considera igualmente que el conductor del coche no tuvo "margen temporal" para esquivar al ciclista debido a la manera en que irrumpió en el paso de peatones, por lo que además del pago de la multa obliga al ciclista al pago de las costas del proceso judicial.

Hay que recordar que los ciclistas sólo pueden cruzar una calle si hay un paso debidamente señalizado para ellos. De no haberlo, deberán hacerlo por un paso de cebra, pero bajados de su vehículo.

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Jorge Miró

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