Condenado por abandonar a su hija de tres años durante dos horas en su coche y a pleno sol en agosto

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Personal del hospital almeriense de Torrecárdenas, donde fue el padre para acudir a Urgencias, encontraron a la menor "muy sudorosa y muy asustada, con la piel enrojecida, ardiendo y deshidratada".

El juzgado de lo Penal 2 de Almería ha condenado a un año y tres meses de prisión al hombre de 49 años que dejó el 8 de agosto de 2015 a su hija de tres años y medio en el interior de su vehículo, que estacionó en un aparcamiento al sol para acudir al servicio de urgencias del complejo hospitalario de Torrecárdenas. Contra la sentencia cabe recurso de apelación.

La pequeña estuvo desde las 11:30 hasta las 13:15 horas atada con el sistema de retención de la silla infantil hasta que fue auxiliada por una celadora del centro y por un vigilante jurado, quienes la encontraron "muy sudorosa y muy asustada, con la piel enrojecida, ardiendo y deshidratada" hasta el punto de que cuando vio a sus rescatadores, "se cogió al cuello de uno de ellos inmediatamente y se bebió una botella de agua con desesperación". 

El magistrado Fermín Villarrubia considera a J.F.B.V. autor de un delito de abandono de menores del subtipo agravado ya que, según indica en la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, su conducta "puso en peligro cierto la salud e, incluso, la vida de su hija", por lo que ha de ser vista, añade, "bastante más allá de una mera imprudencia para ser calificada de grave y relevante a efectos penales". 

El fallo reprocha asimismo al acusado, que, en todo el tiempo que estuvo en el servicio de urgencias, ni siquiera fuese a "asomarse de vez en cuando al parking para comprobar el estado en el que se encontraba su hija". "El hecho de que solo pensara en su estado de salud con olvido de las mas elementales normas de cuidado de la menor que tenía bajo sus custodia no hace sino confirmar el abandono agravado", remarca. 

El juez tiene, no obstante, en cuenta que J.F.B.V. padece un trastorno adaptativo que hace que, en el momento de cometer el delito, tuviese "leve o escasamente afectadas sus capacidades volitivas o intelectivas" ya que los médicos reconocieron que llegó con "ansiedad y taquicardia" pero matiza que ello "no le impedía comprender la ilicitud de su acción y actuar conforme a dicha comprensión", por lo que le aplica la atenuante analógica. 

Los hechos se remontan al 8 de agosto de 2015 cuando el acusado se desplazó al complejo hospitalario de Torrecárdenas para acudir al servicio de urgencias con motivo de una herida que se había producido como consecuencia de un mareo y se llevó consigo a su hija de tres años y cinco meses. La sentencia recoge que, una vez en los aparcamientos, a los que llegó a las 11,30 horas, y pese a las altas temperaturas y la escasa edad de la niña, "decidió dejarla en el vehículo mientras que él entraba al servicio de urgencias para ser atendido y lo hizo dejándola atada a la sillita, sin ninguna compañía ni vigilancia, con una botella de agua". 

 

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Jorge Miró

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