Jerez contará próximamente con una autofarmacia en la zona de Croft, un concepto novedoso en la ciudad que permitirá a los usuarios adquirir medicamentos sin necesidad de salir del coche. El servicio funcionará las 24 horas del día y se inspira en la comodidad de otros modelos como los restaurantes de comida rápida.
La idea es sencilla: el cliente llega en su vehículo, realiza el pedido y un empleado de la farmacia lo entrega cumpliendo todas las normas de seguridad. El proyecto se encuentra ya en fase de trámites burocráticos y se integrará en un entorno donde también está prevista la apertura de un supermercado y una clínica.
El sector farmacéutico está sujeto a una estricta regulación, por lo que el traslado de una farmacia a una nueva ubicación requiere cumplir una serie de requisitos legales. En Andalucía, la normativa de referencia es la Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia.
Dicha ley establece, en su artículo 42, que los traslados de oficinas de farmacia sólo se autorizan dentro del mismo municipio o núcleo de población, siempre y cuando se cumplan las condiciones fijadas en la propia norma y en su desarrollo reglamentario. Además, fija un módulo mínimo de población de 2.800 habitantes por establecimiento.
Dos tipos de traslados de farmacias
En el caso de los traslados voluntarios, la ley exige que la población no quede desatendida y que la farmacia lleve al menos tres años en su ubicación actual con el mismo titular. También se deben respetar las distancias legales respecto a otras farmacias y centros sanitarios.
Cuando el traslado es forzoso, motivado por circunstancias ajenas al propietario, puede ser provisional o definitivo. En estos casos, si el regreso al local de origen no es posible, se permite solicitar la autorización definitiva en el nuevo emplazamiento, siempre a más de 150 metros de otra oficina de farmacia o de un centro de salud.
La facilidad de acceso como una exigencia legal
Para las farmacias de núcleo, entendidas como aquellas situadas en urbanizaciones o conjuntos residenciales separados del casco urbano, la normativa indica que sólo podrán trasladarse dentro del mismo núcleo y siempre a un mínimo de 500 metros de la farmacia más cercana. Si el núcleo crece y se integra en la ciudad, pasa a regirse por las reglas generales.
Además de las exigencias legales, los expertos recuerdan la importancia de analizar otros factores antes de un traslado. Entre ellos destacan la facilidad de acceso, el nivel de tráfico en la zona, la disponibilidad de aparcamiento y la competencia cercana.
La autofarmacia de Croft se perfila como un servicio pionero en Jerez, que busca conjugar innovación, accesibilidad y atención sanitaria. Su apertura, pendiente de culminar el proceso administrativo, marcará un nuevo paso en la modernización del sector farmacéutico local.
