La Sección Tercera de la Audiencia de Jaén ha condenado a cuatro años de prisión a un hombre de 30 años por agredir sexualmente a una joven en el baño de una discoteca de la capital jiennense. La sentencia considera probado que la víctima se encontraba inconsciente debido a los efectos del alcohol, lo que le impedía prestar consentimiento.
Además de la pena de cárcel, el tribunal ha impuesto al acusado la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima durante nueve años, así como cinco años de libertad vigilada una vez cumplida la condena.
En concepto de responsabilidad civil, el condenado deberá indemnizar a la joven con 15.000 euros por los daños morales ocasionados. La resolución judicial, a la que ha tenido acceso Europa Press, también absuelve al procesado del delito leve de lesiones por el que había sido acusado inicialmente.
El tribunal descarta que existiera consentimiento por parte de la víctima
La sentencia subraya que no se ha acreditado la existencia de consentimiento por parte de la joven para mantener relaciones sexuales.
"La víctima se encontraba en un estado tal que no era capaz de articular palabra y menos aún de prestar un consentimiento al mantenimiento de una relación sexual completa", señala el fallo judicial.
El tribunal añade además que, incluso si se aceptara la versión del acusado, quien defendió que sí existió consentimiento, este tampoco sería válido debido al estado en que se encontraba la víctima.
Según recoge la sentencia, dicho consentimiento "no sería válido puesto que la víctima se encontraba con sus facultades intelectivas y volitivas seriamente mermadas".
Cámaras de seguridad y testigos refuerzan la versión de la víctima
Durante el juicio, celebrado el pasado mes de febrero, el acusado explicó que conoció a la joven esa misma noche en la discoteca. Según su relato, tras bailar y besarse decidieron ir al baño para mantener relaciones. "Fue decisión propia de los dos lo de irnos al baño", afirmó.
El acusado sostuvo que en ese momento la joven "se encontraba normal" y estaba "perfectamente", aunque aseguró que ya en el baño percibió que no se encontraba bien y decidió detenerse.
"Yo no la agredí para forzarla ni nada", declaró ante el tribunal. "No tengo necesidad de tener relaciones con nadie estando borracha", añadió.
Sin embargo, la Audiencia de Jaén basa su decisión en las grabaciones de las cámaras de seguridad, donde puede "observarse perfectamente" que la joven estaba "tambaleante y desorientada, llegando a caer al suelo".
A estas imágenes se suma el testimonio de la encargada del ropero de la discoteca, quien fue la primera persona que alertó de la situación. Según explicó en el juicio, le llamó la atención el estado de la joven cuando el acusado la conducía hacia el baño.
"Me llamó la atención en el estado en que iba. No iba consciente de lo que iba a hacer. Iba balanceándose, tropezando y la iban dirigiendo al baño, pero ella no sabía dónde iba", relató.
La víctima explicó durante su declaración que no recuerda lo ocurrido esa noche. Según indicó, lo último que recuerda es que una amiga le presentó al acusado y que bebió de la copa que él le ofreció.
"No recuerdo nada, no tengo conciencia de lo que pasó", afirmó. La siguiente imagen que tiene es despertarse en el hospital, donde posteriormente le explicaron lo sucedido. Actualmente se encuentra bajo tratamiento psicológico.
Los hechos se remontan al 20 de noviembre de 2022, cuando sobre las 6:35 horas el personal de seguridad de la discoteca fue avisado después de que la encargada del ropero detectara la situación.
Los vigilantes llamaron repetidamente a la puerta del baño, pero la joven estaba tirada en el suelo inconsciente, bloqueando la puerta con su cuerpo. El jefe de seguridad logró entreabrirla y ver a la víctima "inconsciente, con los ojos en blanco y totalmente ida".
Ante la falta de respuesta, se avisó finalmente a la Policía Nacional y a los servicios sanitarios. El forense que la examinó en el hospital señaló que cuando llegó, alrededor de las 8:00 horas, la joven se encontraba en estado de "inconsciencia o semiinconsciencia y con la voluntad totalmente alterada".
Los análisis confirmaron que presentaba 1,05 gramos de alcohol por litro de sangre, sin detectarse restos de otras sustancias.
Por estos hechos, el Ministerio Fiscal y la acusación particular solicitaban nueve años de prisión por agresión sexual, mientras que la defensa pedía la absolución al considerar que las relaciones habían sido consentidas. Finalmente, el tribunal ha fijado la pena en cuatro años de cárcel.
