Eléctrica de Cádiz retrasa la subida de la luz al 1 de octubre

La comercializadora toma la decisión tras detectar que una parte de la clientela no ha recibido la comunicación de revisión de precios

El alcalde José María González, ante unas placas fotovoltaicas de Eléctrica de Cádiz.
El alcalde José María González, ante unas placas fotovoltaicas de Eléctrica de Cádiz.

La comercializadora Eléctrica de Cádiz retrasará la entrada en vigor de la revisión de precios prevista para el pasado día 1 de septiembre al 1 de octubre, tras detectarse que, por lo que respecta a una parte de la clientela, se ha producido un retraso en la recepción de la comunicación individual remitida a los efectos de anunciar e informar de la próxima revisión de precios.

Desde Eléctrica de Cádiz especifican que todas las empresas comercializadoras de electricidad “hemos aplicado, en muy corto plazo de tiempo, importantes cambios en el sistema de facturación derivados de las normas aprobadas por el Gobierno de España como el cambio en la estructura de tarifas, nuevos datos, el nuevo modelo de factura, o el nuevo IVA”. En este sentido, debido a la implementación de dicha secuencia de cambios, en los últimos meses se ha multiplicado el número de cartas y facturas emitidas, lo cual ha ocasionado, en algunos casos, un retraso en la recepción de la carta informativa de los precios

Dado que, con motivo de este retraso, algunos clientes no han recibido la comunicación con la antelación mínima prevista, antes de la entrada en vigor de los nuevos precios, de forma proactiva la compañía ha determinado posponer la aplicación de la revisión de precios hasta el día 1 de octubre de 2021, con el objeto de dar margen a que todos los clientes reciban correctamente la comunicación individual y con la antelación mínima.

En este punto, cabe mencionar que, además de la comunicación individual a los clientes, ya remitida mediante carta postal, esta comercializadora anunció también la revisión de precios en medios de comunicación, redes sociales y, sobre todo, en la página web principal de la compañía mediante un comunicado oficial y nota informativa al respecto. En dicho comunicado con fecha de 29 de julio de 2021 publicado en la web de la compañía, se informaba a la clientela de las causas que motivan la revisión de precios, de la fecha de entrada en vigor de dicha modificación (inicialmente a 1 de setiembre de 2021), se indicaba donde consultar los nuevos precios aplicables al suministro y, además, de la posibilidad de resolver el contrato sin penalización alguna.

Motivación del incremento de tarifas

Cabe señalar que la cláusula de revisión de precios de la energía contenida en las condiciones generales del contrato de suministro es acorde con la legislación sectorial eléctrica y asimismo de protección de los consumidores y usuarios.

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Hay que tener en cuenta que, siendo el precio de la electricidad un componente fluctuante y variable diario, la propia Ley del Sector Eléctrico, en su artículo 44, 1, letra d), establece el derecho de los consumidores en relación con el suministro, a “ser notificados de forma directa por su suministrador sobre cualquier revisión de los precios derivada de las condiciones previstas en el contrato en el momento en que ésta se produzca, y no más tarde de un período de facturación después de que haya entrado en vigor dicha revisión, de forma transparente y comprensible”.

En este sentido, esta comercializadora no solo cumple y ha venido cumpliendo escrupulosamente con lo dispuesto en dicho precepto, sino que ha procurado ser más garantista con sus clientes, yendo más allá en los estándares de protección a los consumidores. Y es que, las condiciones contractuales de comercializadora Eléctrica de Cádiz, contemplan la de precios en su clausulado, con la garantía adicional de comunicar dicha actualización de precios con una antelación de un mes, e informando al cliente de su posibilidad de rescindir el contrato sin penalización alguna.

En cuanto a la motivación de esta revisión de precios prevista, como se acaba de señalar, tanto en la normativa de aplicación como en las condiciones contractuales de esta comercializadora, atendiendo al carácter fluctuante de este componente de la factura eléctrica, es patente que la misma viene justificada por la actual situación de altos precios de la electricidad en el mercado mayorista, en constante incremento, habiéndose llegado a duplicar e incluso triplicar los de los años anteriores.

Si bien uno de los pilares fundamentales de Comercializadora Eléctrica de Cádiz es poder ofrecer a nuestros clientes estabilidad en las tarifas de tal modo que las oscilaciones del mercado eléctrico no alteren el precio final de su factura mensual, la situación actual del mercado ha hecho que ello sea insostenible, y “nos hemos visto obligados a actualizar las tarifas de los clientes de conformidad con los actuales precios de la energía”.

Cabe reseñar que la compañía ha mantenido los mismos precios desde 2019, aplicando descuentos extraordinarios en el año 2020 durante la época de crisis causada por la pandemia del SARS-COV2 y ha estado soportando los incrementos de precios récord registrados durante todo este año 2021, sin repercutir en ningún momento estos precios en las facturas de nuestros clientes.

Facua denunció la subida

Cabe recordar que Facua Cádiz instó a la comercializadora Eléctrica de Cádiz a que anulara su subida de tarifas, con pretensión de justificar en el encarecimiento de los precios en el mercado mayorista. En un escrito remitido hace unas semanas a la empresa, la asociación advierte de que subir los precios este 1 de septiembre "vulneraría tanto la legislación de defensa de los consumidores como la del sector eléctrico, además de consistir en un incumplimiento contractual con los usuarios".

La asociación también se ha dirigido al alcalde de Cádiz, José María González Kichi, al objeto de que tome cartas en el asunto. Eléctrica de Cádiz es una empresa semipública propiedad del Ayuntamiento al 55,3%, Endesa al 33,5% y Unicaja al 11,2%. Para que cumpliese con la legislación, la subida tarifaria sólo podría producirse tras la finalización de los contratos suscritos con los clientes, que tienen una duración inicial de dos años y prórrogas automáticas de un año.

La reclamación de Facua Cádiz se fundamenta en las condiciones del contrato que la eléctrica tiene suscrito actualmente con sus clientes, entre cuyas estipulaciones se establece que “los precios podrán ser revisados trimestralmente coincidiendo con los trimestres naturales” y que “en caso de variación de los precios, Eléctrica de Cádiz enviará, con un mes de antelación, comunicación al cliente”. En dicho contrato no se detallan los motivos por los que podría producirse una variación de los precios que se considerara válida, un requisito ineludible que establecen tanto la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios como la Ley del Sector Eléctrico.

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