El Consejo Consultivo de Andalucía ha determinado que el Servicio Andaluz de Salud debe indemnizar con 5.000 euros a la familia de un paciente que sufrió una caída desde la camilla de una ambulancia durante un traslado en Almería. El órgano entiende que, aunque el accidente no provocó su fallecimiento, sí agravó su estado en los últimos días de vida.
El dictamen, al que tuvo acceso EFE, sitúa los hechos en septiembre de 2021, cuando el hombre, afectado por alzhéimer avanzado y otras patologías crónicas, iba a ser trasladado desde el Hospital de Alta Resolución El Toyo al Hospital Universitario Torrecárdenas debido a un empeoramiento respiratorio.
Durante la maniobra de introducción en la ambulancia, la camilla volcó y el paciente cayó desde una altura aproximada de metro y medio. El golpe le causó un traumatismo craneoencefálico y varias contusiones que obligaron a interrumpir su tratamiento anticoagulante.
No hubo relación directa con el fallecimiento
La viuda y las hijas del enfermo reclamaron una compensación de 170.000 euros, al considerar que la caída desencadenó el fallecimiento, que tuvo lugar el 3 de octubre de ese mismo año. El Consejo Consultivo descarta sin embargo esa relación directa. A partir de los informes médicos, concluye que la muerte obedeció a complicaciones respiratorias y a un tromboembolismo pulmonar, procesos previos o paralelos al incidente sufrido durante el traslado.
Pese a rechazar la indemnización solicitada, el órgano aprecia un “funcionamiento deficiente” del servicio público, dado que el accidente “no debió ocurrir”, y reconoce que el episodio afectó negativamente a la calidad de vida del paciente. Por ello fija en 5.000 euros la cuantía a abonar por el daño moral y el empeoramiento experimentado.


