El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha impuesto 20 meses de prisión a Alejandro M.P. por un delito de amenazas no condicionales contra su expareja, una joven a la que ya había agredido sexualmente junto a otros menores años atrás. La sentencia, difundida por EFE, detalla que los hechos tuvieron lugar durante el festival El Solazo, donde el acusado realizó un gesto de degüello dirigido a la víctima y un tercero le advirtió que “la volverían a violar”.
Además de la pena de cárcel, el juzgado ha establecido una orden de alejamiento de 500 metros y la inhabilitación para el sufragio pasivo. La magistrada considera acreditado que el 11 de mayo de 2019, “con ánimo de amedrentar y causar temor”, el acusado le hizo “el gesto de cortarle el cuello con un dedo”. Según la sentencia, una tercera persona no identificada se acercó después a la joven para susurrarle: “Te vamos a volver a violar”, lo que provocó que abandonara el recinto “en un estado de nervios fuera de lo normal” al revivir el trauma de la agresión sexual grupal sufrida años antes.
Un fallo condicionado por pruebas, dudas y antecedentes
El texto recuerda que Alejandro M.P. ya tenía antecedentes penales vinculados a esta misma víctima, tras ser condenado por el Juzgado de Menores por un delito continuado de injurias y agresión sexual con acceso carnal, pena que dio lugar a siete años de internamiento. La resolución judicial actual, sin embargo, absuelve al segundo acusado, J.M.M.L., aplicando el principio in dubio pro reo por las dudas sobre su implicación.
La sentencia matiza que la víctima identificó al segundo sospechoso por un tatuaje, aunque este diseño no existía en la fecha de la agresión sexual que se utilizaba como referencia. Además, un informe informático confirmó actividad intensa en su ordenador personal durante el festival, un dato incompatible con su presunta presencia en el lugar de los hechos.
El abogado de la acusación, Miguel Martínez, declaró que recurrirá la sentencia para solicitar un aumento de la pena para Alejandro M.P. y revisar la absolución del segundo acusado. Asegura que la gravedad del contexto, marcado por una evidente revictimización, exige un reproche penal mayor. La madre de la víctima, Esther Sabio, expresó igualmente su “indignación”, afirmando que “no se ha hecho justicia” por la absolución del segundo encausado y recordando que un tercer implicado en la violación grupal “sigue en la calle”.
Además de estas amenazas, la sentencia recuerda que Alejandro M.P. había sido previamente condenado por malos tratos y por la violación grupal cometida en mayo de 2013 junto a otros dos jóvenes no identificados. Uno de ellos tenía un tatuaje que la familia relacionó con el de J.M.M.L., aunque las pruebas finalmente no acreditaron esa conexión.
