El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha avalado íntegramente la sentencia de la Audiencia Provincial de Almería que condena a los responsables de una asociación cannábica utilizada para el suministro ilícito de sustancias estupefacientes.
La resolución mantiene la pena impuesta al principal acusado por atentado contra agentes de la autoridad, al considerar probado que instigó a su perro, catalogado como potencialmente peligroso, para que atacara a dos guardias civiles durante una entrada y registro autorizada judicialmente.
El fallo rechaza todos los argumentos de apelación y confirma la legalidad de la investigación, las entradas y registros y la valoración de la prueba realizada en la primera sentencia. El tribunal destaca que existía una estructura organizada de distribución de drogas, completamente alejada del concepto de consumo compartido y abierta a un número indefinido de personas.
Ataque con perro y riesgo para los agentes
Los hechos se remontan a 2019, cuando uno de los acusados liberó de forma deliberada al animal e incitó su ataque contra los agentes que accedían al domicilio anexo al local de la asociación. El perro provocó heridas de distinta consideración a uno de los guardias, quien padece secuelas permanentes, y también lesionó al segundo cuando intentaba auxiliar a su compañero.
El TSJA confirma así una pena superior a los tres años de prisión por atentado con instrumento peligroso, la indemnización a los agentes, la prohibición de tenencia de animales potencialmente peligrosos y el decomiso del perro utilizado en la agresión. La Sala resalta la contundencia de los testimonios y la consistencia de los informes médicos y forenses.
El abogado de los guardias civiles, Fran Peláez, del despacho PenalTech y servicios jurídicos de Aprogc, subraya: “lamentablemente, en ocasiones, se hace uso de perros de raza peligrosa como medio para atacar a la víctima. Esto supone una circunstancia que agrava el castigo para el culpable como así ha ocurrido en nuestro caso”.
Delitos de tráfico de drogas y asociación ilícita confirmados
El tribunal rechaza igualmente las alegaciones que intentaban asimilar la actividad de la asociación a un supuesto consumo compartido. La sentencia confirma que los acusados gestionaban una estructura estable de distribución de estupefacientes, incompatible con cualquier noción de autoconsumo.
Las penas por delitos contra la salud pública, de entre más de un año y más de tres años de prisión, quedan completamente ratificadas. También se mantiene la condena de dos años de prisión por asociación ilícita, además del decomiso del dinero, efectos y sustancias intervenidas, y la disolución de la asociación.
Aprogc valora positivamente la decisión, que a su juicio reconoce la gravedad de los hechos y la correcta actuación de los agentes. La sentencia remarca que el uso de animales potencialmente peligrosos como instrumento de ataque acarrea un reproche penal especialmente severo.
El pronunciamiento del TSJA refuerza la seguridad jurídica y consolida la doctrina que impide el uso de asociaciones como pantalla para el tráfico de drogas, respaldando la labor policial en un operativo marcado por un riesgo inmediato.


