Rubén Pérez Trujillano recibió con tan solo 26 años el Premio Blas Infante de investigación. Su obra, Andalucía y reforma constitucional, Premio Memorial Blas Infante 2016, acaba de ser publicada por la editorial Almuzara. Este joven intelectual sanroqueño nació en 1991 y es licenciado en Derecho por la Universidad de Granada. Tras haber estudiado un máster en Derecho Constitucional en la Universidad Sevilla, cursa actualmente los estudios de doctorado de Derecho de la Universidad de Sevilla. El Ateneo de Jerez tiene el placer de acogerle en el ciclo “Territorio y compromiso más allá del 28F”, que ha celebrado con tres conferencias a lo largo del mes de febrero.

La obra de Pérez Trujillano aborda el problema territorial español y el debate constituyente desde Andalucía como sujeto partícipe. Términos como “patrimonio constitucional andaluz” o “Constitución federable” forman parte de la exposición de este joven investigador que analiza los 40 años de democracia española abordando las consecuencias de la entrada a la Unión Europea, la juridisprudencia del Tribunal Constitucional o la praxis llevada a cabo por las fuerzas políticas mayoritarias –bipartidismo– en un trabajo de extrema actualidad.

En su obra habla sobre el papel que tiene que jugar Andalucía ante una reforma constitucional. ¿De qué forma debe participar Andalucía en ese debate previo a la reforma y en la propia reforma?

A Andalucía le corresponde por derecho propio participar en cualquier discusión que haya sobre el ordenamiento constitucional que tenga que ver tanto con el modelo territorial como con el modelo social, ya que en el estado autonómico lo social y lo territorial se imbrican de manera muy estrecha. Es inexcusable. La particularidad de mi posición radica en que no lo planteo como desiderátum, como deseo político, o como una cuestión de voluntad política, sino como una cuestión de derecho. Andalucía tiene derecho como pueblo-nación a participar en un debate constitucional profundo y la Junta de Andalucía tiene el deber de velar por este derecho.

En su trabajo recurre al término “patrimonio constitucional andaluz”.

Al patrimonio constitucional andaluz lo defino de dos maneras. Por un lado, consiste en el umbral mínimo del reconocimiento de la personalidad jurídica y política de Andalucía y, por otra parte, representa el umbral mínimo, sin techo máximo, de autogobierno de que dispone Andalucía en la actualidad. Ese umbral mínimo, sin techo máximo, es modificable en términos de desarrollo pero no en términos de destrucción. Y este es el valor que tiene el patrimonio constitucional andaluz, lo que lo convierte en una brújula dentro de la tesitura de crisis constitucional en que nos movemos.

"Actualmente no existe Constitución territorial ni Constitución social"

Habrá que poner en valor la Constitución de Antequera.

La Constitución de Antequera es la expresión más paladina y más explícita de una tradición constitucional netamente andaluza. En Andalucía tenemos, aunque la historiografía no lo ha hecho ver hasta hace poco de manera diáfana, una tradición constitucional propia y además tenemos una experiencia constitucional propia. Existe un corpus doctrinal, unas construcciones intelectuales que organizan el poder de un modo, que reconocen derechos y proclaman libertades de un modo o de otro, y que pivotan en grados diferentes en torno a la existencia del pueblo andaluz. Esto sería la tradición constitucional andaluza de la que hablo. Pero, por otra parte, sostengo que existe en sentido pleno un constitucionalismo andaluz, no ya como una doctrina sino como una experiencia. Mientras que dentro de las tradiciones constitucionales andaluzas tendríamos el documento constitucional de Antequera, que no pasó de proyecto pero marcó un hito, tenemos la experiencia constitucional andaluza. Y ahí entraría la participación de Andalucía en el proceso autonómico de la II República y en el proceso de primera transición democrático-autonómica.

¿Qué balance hace de la Constitución de 1978? ¿Es necesaria una reforma constitucional?

La Constitución de 1978 establece un modelo muy original y a grandes rasgos positivo de organización territorial del poder y de reconocimiento de derechos colectivos a las regiones y nacionalidades que integran el estado español. Pero considero que este modelo está agotado. No solo que está agotado, sino que ha sido aniquilado de una manera consciente por parte de distintos agentes, fundamentalmente cuatro, cada uno de los cuales ha provocado una ruptura en el ordenamiento constitucional en general y en  el patrimonio constitucional en particular.

Habla de mutaciones de la Constitución Española.

En primer término, el Tribunal Constitucional a través de una juridisprudencia neo-centralista ha abandonado el rol tradicional de guardián de la Constitución para ser un legionario de la Constitución que ha hecho decir al texto constitucional lo que realmente no decía y que ha perturbado y trastocado las bases de la convivencia del estado español cuando no le compete. Obviamente, cambiar este tipo de aspectos reclama la intervención del poder constituyente que reside en el pueblo español y además simultáneamente en los distintos pueblos regionales y nacionales que integran el estado español. Esta es la peculiaridad de la que hablaba antes. Este sería el primer agente que ha cometido un verdadero golpe de Estado. Pero también tenemos las últimas medidas de los gobiernos del Partido Popular que han aprobado un sinfín de leyes y a veces no leyes, sino normas de rango inferior, como por ejemplo los decretos leyes, por medio de los cuales ha producido una mutación de la Constitución territorial. Asimismo, estaría la transformación que han emprendido la UE y los mercados globales, que al mermar la soberanía del estado español han escamoteado gran parte de la autonomía y con ella el sistema territorial. El cuarto agente ha sido el bipartidismo tradicional. En primer lugar, el bipartidismo UCD-PSOE y más tarde PSOE-PP.

El primer bipartidismo dio lugar a los pactos autonómicos de 1981 y el segundo a los pactos autonómicos de 1992. Tanto uno como otro, cortocircuitaron al estado autonómico. La gran peculiaridad de la Constitución de 1978 en lo referente al estado autonómico se resume en que es un modelo abierto, como dice normalmente la doctrina constitucional hegemónica (o también dicen que indefinido, que yo no lo comparto) o desconstitucionalizado. ¿Qué quiere decir con esto? Que el contenido de la autonomía y del autogobierno de las nacionalidades y de las regiones no viene establecido en el marco del 78 única y exclusivamente en la Constitución. Junto a ella, con la misma intensidad, legitimidad y fuerza normativa o incluso más se encuentran los estatutos de autonomía. Y eso es una gran peculiaridad del estado autonómico tal como se concibió y tal como se ganó en la calle. Sin embargo, es lo que se ha ido laminando a través de estas cuatro operaciones de deconstrucción de la democracia constitucional.Da a entender entonces que la Constitución de 1978 ya no es la misma que la que aprobaron los españoles el 6 de diciembre de dicho año.

Efectivamente. De hecho mi tesis es que actualmente no existe Constitución territorial ni Constitución social. Como este es el núcleo y este es el corazón de cualquier democracia constitucional, cabe afirmar que no hay Constitución ni Estatuto de Autonomía desde el año 2010 —cuando se dictó la sentencia sobre el Estatuto de Cataluña—.

¿Qué papel juega el Estatuto de Autonomía en este ámbito?

Considero que el Estatuto de Autonomía actualmente no está vigente. Primero porque nació muerto en muchas de sus partes, porque reclamaba una reforma constitucional o porque daba por supuesto que se iban a elaborar ciertas leyes a nivel estatal que nunca han llegado. Segundo, por la deriva neocentralista y neoliberal del Tribunal Constitucional. Hay que recordar que no solo está la gran sentencia 31/2010 del TC, que afecta colateralmente a Andalucía, sino que hay sentencias que afectan a la autonomía andaluza de manera directa, como la 36/87 que tiró por los suelos la ley de reforma agraria andaluza. También tenemos sentencias del TC más reciente sobre la ley andaluza de función social de la vivienda, o también la sentencia que privó de las competencias sobre el río Guadalquivir, lo que tiene una importancia medular no solo por la identidad cultural de Andalucía sino también en términos de recursos económicos y naturales.

Entonces, el Estatuto nació muerto en muchas de sus partes. Pero hay una segunda conclusión igual de relevancia: aquello que quedó vivo ha quedado fulminado por la doctrina del Tribunal Constitucional. Sin embargo, considero que el Estatuto de Autonomía y mayormente la declaración de derechos sociales, económicos y culturales que establece tiene que ser reivindicada por la ciudadanía andaluza. No puede claudicar ante esta operación. Lo que tenemos que hacer, pues me incluyo, es luchar por reapropiarnos de nuestro poder, dándole la verdadera fuerza que se merece. Y eso pasa por un proceso constituyente a nivel andaluz, en concordancia con los principios federal y plurinacional.

"El auge del soberanismo catalán y la represión por parte del Gobierno central pone de manifiesto que hay que buscar soluciones democráticas"

Y sobre el sentido de la reforma del Estatuto de Autonomía...

Tenía un gran sentido histórico. Hasta entonces, y el Estatuto de Autonomía de Andalucía en 1981 lo ejemplifica, eran básicamente normas institucionales. En el lenguaje de análisis constitucional, las constituciones tienen dos partes: la orgánica, que sería la organización de los poderes, de las instituciones, y por otra parte, la sustantiva, de los derechos de la ciudadanía en un sentido genérico. Considero que en ese sentido fue un gran avance el Estatuto 'del siglo XXI'. Pero tenía trampa. Nació muerto porque requería un nivel de competencias que la Constitución Española no terminó de encajar, como determinados derechos sociales, como el derecho a la vivienda.

En un principio, si el Estatuto determina que se puede tener este tipo de competencias y legislar sobre ellas sería un avance indudable, pero el TC corta el paso sobre esto, como ocurre con la ley sobre vivienda, diciendo que afecta al derecho de propiedad, que es de exclusiva titularidad del Estado. Es un callejón sin salida. Otros aspectos pendientes de cumplimiento en el apartado institucional tienen que ver con la participación de Andalucía en órganos estatales, aparte del Senado. El Estatuto plantea en 2007 que Andalucía tiene que participar en la planificación general de la economía o en la designación del Consejo General del Poder Judicial. Pues bien, esto nunca ha llegado a suceder, porque para ello haría falta que las instituciones estatales se hicieran eco de ello y acogieran el mandato andaluz.

Y nunca se hicieron eco.

No. Nunca. De hecho, tocamos con el verdadero nervio de la reforma del 2007. El nuevo Estatuto del 2007 realmente lo que intenta es reformar la Constitución Española desde abajo pero esto es cortado de manera fulminante por el Tribunal Constitucional. Dejó a muchas personas a la intemperie, huérfanas de derechos sociales, en el peor momento, nada menos que en la antesala de la crisis económica.¿Cómo afecta el llamado “problema catalán” a Andalucía? ¿Qué papel tiene que jugar hoy Andalucía?

En España hay un gran tabú y ese tabú es la unidad nacional. La cultura democrática ha chocado con un gran dique, que es la unidad sagrada de España. El auge del soberanismo catalán y la represión por parte del Gobierno central pone de manifiesto que hay que buscar soluciones democráticas. A mí no me parece que sea tanto el “problema catalán” como el “problema español”. Y no me parece que haya solución española ni solución catalana, sino solución andaluza. El problema catalano-español o español-catalán pone de relieve la infecundidad y la absoluta esterilidad tanto del proyecto político catalán hegemonizado por el independentismo como del proyecto político español, hegemonizado por el nacionalismo español, ya sea en su vertiente neoliberal conservadora, neoliberal progresista o liberal. En este sentido, Andalucía puede desempeñar un papel crucial, mostrando que la libertad en la unión es posible.

¿Tenemos poco o mucho que celebrar el 28F?

Creo que podemos celebrar mucho pero reivindicar más. Lo principal y urgente no es celebrar y tener una actitud autocomplaciente sino reclamar lo que nos corresponde entendiendo que lo que nos corresponde es por derecho.

¿Cree que vamos encaminados hacia una deriva centralista?

Me preocupa que se perpetúe el golpe de Estado a través de los cuatro agentes que comentaba, y la manera de perpetuarlo es hacer una modificación cosmética y superficial de la Constitución para que pareciendo que se ha adaptado el código constitucional a los nuevos tiempos realmente lo que se esté haciendo sea consolidar de manera formal lo que de manera material y sustancial ya ha ocurrido: una transformación radical, absoluta, antidemocrática, oligárquica y autoritaria de la estructura democrática del poder.

Sobre el autor:

Sebastián Chilla.

Sebastián Chilla

Jerez, 1992. Graduado en Historia por la Universidad de Sevilla. Máster de Profesorado en la Universidad de Granada. Periodista. Cuento historias y junto letras en lavozdelsur.es desde 2015. 

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