El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la improcedencia del despido de un trabajador de Carrefour que agasajó a sus compañeros con bollos el día de su cumpleaños. La decisión ratifica la sentencia del Juzgado de lo Social número 5 de Vigo, obligando a la empresa a elegir entre su readmisión o el pago de 105.716,09 euros.
El afectado llevaba desde 1992 trabajando como responsable comercial de bazar dentro del grupo de mandos de la compañía, con un salario mensual de 3.680,15 euros incluyendo el prorrateo de pagas extras.
El cumpleaños que acabó en despido
Los hechos ocurrieron el 4 de octubre de 2023. Para celebrar su cumpleaños, el trabajador invitó a toda la plantilla a diversos productos de bollería por un importe total de 68,82 euros. Los encargó a la sección de panadería, que le entregó cuatro tickets con el número de piezas de cada referencia poco antes de las 11:00 horas.
Los dulces se repartieron en bandejas por distintas secciones a las 08:00, antes de la apertura de la tienda, y se retiraron a las 09:00. Más tarde, el trabajador acercó más bandejas a otras zonas y, a las 11.33, abonó 10,23 euros —equivalentes a una unidad de cada lote— sin usar el descuento de empleado.
El 16 de octubre pagó los 58,59 euros restantes y comunicó el pago por correo electrónico, pidiendo que no se sancionara a la cajera que cobró de forma incompleta por un error humano.
Una costumbre en la empresa
La sentencia recoge que en anteriores ocasiones se habían realizado ágapes similares dentro de la tienda y fuera del horario de apertura, incluso por el propio demandante. Era habitual pagar a posteriori en caso de encargos a panadería.
Aun así, el 14 de noviembre de 2023 la empresa le comunicó su despido disciplinario. El TSXG ha considerado que no hubo infracción muy grave, sino un error inducido por una anotación incorrecta y un despiste del trabajador, sin indicios de fraude.
La Sala recuerda que el despido es la sanción más grave y solo procede en casos de especial gravedad, algo que no aprecia en este caso. Carrefour deberá readmitirlo en las mismas condiciones o indemnizarlo con 105.716,09 euros, además de abonar 750 euros en honorarios de su defensa.
