Si haces obras en el patio común puede pasarte esto: las comunidades ya tienen sentencia del Supremo

Un propietario techó la zona común sin permiso para ampliar su local, en un caso que ha terminado con una condena firme tras años de conflicto vecinal

Sede del Tribunal Supremo en Madrid.
Sede del Tribunal Supremo en Madrid.
07 de agosto de 2025 a las 12:37h

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia firme contra la propietaria de un local que amplió su bar techando un patio comunitario sin autorización. El fallo obliga a la demolición de las obras y a la restitución del espacio a su estado original, reconociendo que se trató de una usurpación ilegal de una zona común del edificio.

La decisión de la Sala de lo Civil concluye que las obras se realizaron sin el consentimiento del resto de copropietarios, lo que constituye un uso privativo ilícito de un elemento común. El caso refuerza la importancia de contar con acuerdo unánime en la comunidad para realizar intervenciones en espacios compartidos.

Un conflicto que arranca en 2004

El origen de este conflicto se remonta a 2004, cuando, tras una rehabilitación del edificio, los dueños del local situado en el bajo izquierda decidieron techar el patio colindante a la altura de su establecimiento, utilizando toda la superficie como extensión del bar.

Las obras no contaron en ningún momento con el consentimiento expreso de la comunidad. A pesar de ser abordado el asunto en numerosas juntas de propietarios, los responsables del local se negaron reiteradamente a desmantelar el cerramiento ejecutado.

Uso ilícito de una zona común

Durante años, los vecinos denunciaron el uso privado de una zona que pertenece al conjunto del edificio, denunciando que se había llevado a cabo una apropiación indebida del espacio común. Finalmente, la justicia les ha dado la razón.

El Supremo ha declarado la ilegalidad de las obras ejecutadas y ha condenado a la propietaria a restituir la posesión del patio. Además, deberá asumir los costes necesarios para que la terraza vuelva a su estado original, eliminando todo rastro de la construcción añadida.

Este caso marca un precedente más sobre la necesidad del consenso en la propiedad horizontal, recordando que cualquier modificación de un elemento común requiere la aprobación unánime de todos los propietarios, sin excepción.

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Kiko Abuín

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