Ronda no tendrá corrida Goyesca este año: "Hay empresarios taurinos que han abusado"

Corrida Goyesca en Ronda, en una imagen retrospectiva.
Francisco Rivera Ordoñez, empresario de la plaza de toros de la Real Maestranza de Caballería de Ronda (Málaga), ha comunicado este jueves la suspensión de la tradicional corrida Goyesca, prevista para la tarde del próximo 29 de agosto, debido a las medidas de contención del Covid-19.Así, en un vídeo publicado en su cuenta en Instagram, recogido por Europa Press, el empresario lamenta que pese a haberlo "luchado" y a la ilusión puesta y el esfuerzo de los toreros y de la Real Maestranza de Caballería rondeña finalmente no se celebrará esta corrida: "Todos hemos empujado para que la Goyesca pudiera existir pero no es posible".Francisco Rivera ha aludido a las nuevas medidas de la Junta de Andalucía respecto a la seguridad contra el Covid-19 en las plazas de toros, anunciadas este mismo jueves, y ha considerado que los culpables de la suspensión de la Goyesca son "los empresarios taurinos que no se han comportado y han abusado"."Todos pagamos las consecuencias, gracias a esos empresarios van a ser inviables a partir de ahora las corridas de toros", ha sostenido el empresario, quien ha insistido en la tristeza que supone esta noticia para él mismo, para Ronda y para el mundo del toreo. También ha apuntado que se procederá a la devolución de las entradas.El cartel de la corrida de toros Goyesca de 2020 se presentó la pasada semana y estaba compuesto por los diestros Morante de la Puebla, Roca Rey y Pablo Aguado que iban a lidiar toros de Nuñez del Cuvillo. A este festejo le precedería una novillada sin picadores con novillos de la ganadería Yerbabuena para los novilleros Pablo Maldonado, Ignacio Candelas y Moli de Ronda. Finalmente, se ha optado por la suspensión de este tradicional festejo taurino.

Entre las nuevas normas ha establecido desde este jueves la Junta están que las localidades asignadas deberán guardar una distancia de seguridad de 1,5 metros respecto a las personas que ocupen asientos contiguos en la misma fila de tendidos o butacas, y no se podrá ocupar las localidades inmediatamente superiores ni inferiores de cada fila de tendidos o butacas. Además, las plazas de toros no podrán superar el límite del 50% del aforo permitido.

En ese sentido, los organizadores deberán inhabilitar debidamente las localidades que no cumplan con los criterios de distanciamiento, así como las localidades no vendidas, y se establecerán marcas de distanciamiento en el suelo en el acceso a la plaza y a los aseos.

Las plazas de toros podrán desarrollar su actividad siempre que cuenten con localidades preasignadas y numeradas y se garantizará en todo momento que las personas que asistan al espectáculo permanezcan sentadas y provistas de mascarillas.