Quién puede pedir la tarifa plana de autónomos en 2026 y cómo solicitarla paso a paso

La medida permite pagar solo 80 euros al mes durante el primer año de actividad y puede prorrogarse si los ingresos no superan el SMI

La Seguridad Social esclarece qué autónomos pueden pedir la tarifa plana.
24 de abril de 2026 a las 11:19h

Arrancar como autónomo implica gastos desde el primer día, y la tarifa plana se ha convertido en una de las ayudas más relevantes para quienes dan ese paso. La Seguridad Social ha aclarado este año quién puede acceder a ella y en qué condiciones: la medida permite pagar una cuota de 80 euros mensuales durante los primeros doce meses de alta, con independencia de los ingresos obtenidos en ese periodo.

Pasado el primer año, la bonificación puede mantenerse otros doce meses más si los rendimientos netos no superan el Salario Mínimo Interprofesional. El límite para pedir esa prórroga se sitúa en 15.876 euros anuales en 2026. El único requisito para no perderla es solicitarla antes de que termine el primer año, ya que no se concede de forma automática en ese segundo tramo.

En Andalucía, como en Madrid, Murcia, Castilla y León y Galicia, existe además la denominada cuota cero, que devuelve lo pagado durante el primer año y, en algunos casos, también durante el segundo. Se trata de una ayuda complementaria a la tarifa plana que puede suponer un alivio adicional para quienes cumplen los requisitos autonómicos.

Quién se queda fuera

No todos los autónomos pueden acogerse a esta bonificación. La Seguridad Social exige ser autónomo por primera vez o no haber estado de alta en los dos últimos años, plazo que se amplía a tres si ya se disfrutó anteriormente de esta tarifa. Quedan excluidos los administradores de sociedades y los autónomos colaboradores, así como quienes tengan deudas pendientes con Hacienda o con la propia Seguridad Social.

El antiguo edificio de la Tesorería General de la Seguridad Social en la calle Ancha de Jerez.

Cómo tramitarla

El proceso arranca con la presentación del modelo 036 o 037 en Hacienda. Después hay que acceder a Import@ss con certificado digital o Cl@ve, darse de alta en el RETA eligiendo la base mínima de cotización y guardar todos los justificantes para verificar que el alta ha quedado correctamente registrada.

Existen además casos especiales: las personas con discapacidad y las víctimas de violencia de género o terrorismo pueden mantener la tarifa plana durante 24 meses sin necesidad de acreditar ingresos bajos. En municipios de menos de 5.000 habitantes, el plazo puede llegar hasta los 36 meses.

Sobre el autor

Míriam Bocanegra

Ver biografía