Una pelea por Whatsapp entre guardias civiles de Sevilla acaba sin condena: "Perro, flojo y jeta"

El Supremo considera que frases como "hasta el nabo estoy de currar para los perros que os pasáis el año cobrando de baja" no es una injuria grave hacia otro miltiar

Un agente de la Guardia Civil en una imagen de archivo. Los agentes se personaron en el lugar para atender al joven.
Un agente de la Guardia Civil en una imagen de archivo. Los agentes se personaron en el lugar para atender al joven.

"Perro, flojo y jeta". Con esos tres calificativos se dirigieron dos agentes de la Guardia Civil a un compañero a través de un grupo de Whatsapp por su absentismo laboral. La situación provocó que la víctima de los insultos denunciara acusándolos de un delito contra los derechos fundamentales y las libertades públicas en su modalidad de "públicamente injuriar gravemente a otro militar". Todo ocurrió entre agentes de Mairena del Aljarafe, en Sevilla.

La primera sentencia del Tribunal Militar Segundo de Sevilla absolvió a los dos agentes implicados en estas calificaciones. Ahora, el Tribunal Supremo ha confirmado dicha setencia.

La sentencia inicial del Tribunal Militar Segundo declaró probado que el agente denunciante "solicitó al administrador del grupo de WhatsApp, Brigada de la Guardia Civil, ser incluido en el grupo integrado por 33 guardias civiles destinados en el puesto principal de Mairena del Aljarafe, cuyo objeto era agilizar el intercambio de información tanto de asuntos relativos al servicio, como de asuntos de otra índole", toda vez que la inclusión de este efectivo en el grupo "provocó cierto malestar e irritación en los procesados, debido al grado de absentismo del guardia denunciante, iniciándose una conversación en el grupo".

"Sinvergüenza, no has trabajado un año seguido, no te montes lo de que me tengo que operar, que eso no es nuevo. Te digo sinvergüenza porque si la tuvieras te callarías y seguirías viviendo como vives. Pero no, tú encima das caña". Con estas palabras se manifestó uno de los dos acusados en el grupo hacia el denunciante, señala la sentencia. 

A este comentario hay que sumarle otro en términos similares, "cállate sinvergüenza. Cállate que por gente como tú estamos tirados como perros en la calle y encima tú vas y le echas huevos". No obstante, los tribunales no han visto en ellos motivo para condenarlo.

El otro acusado, por su parte, escribió cosas como que "hasta el nabo estoy de currar para los perros que os pasáis el año cobrando de baja. A la puta calle os mandaba yo, sinvergüenzas y perros que es lo que sois. Estamos todos hasta los cojones de tus mentiras y tus putas bajas. Falso, Eres un falso, jeta, flojo y traidor".

El Tribunal Militar Territorial Segundo absolvió a los dos agentes acusados, considerando que no estaba acreditado que "tuvieran intencionalidad de lesionar el honor o la dignidad del guardia" denunciante o "fueran plenamente conscientes de que las expresiones por ellos vertidas tuvieran capacidad de ofender y humillar al guardia destinatario de las mismas" después de que declarasen que "fue un calentón".

Sobre el autor:

Emilio Cabrera.

E. C.

Periodista.

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