El administrador de redes sociales de la Asociación Española de Víctimas de los Testigos de Jehová (AEVTJ), Gabriel Pedrero, recibe una sentencia favorable y se desestiman todos los cargos contra su persona.
En esta nueva sentencia otra vez se aportan los testimonios de otras víctimas, noticias de los medios de comunicación anteriores a la constitución de la AEVTJ y los reglamentos o dogmas que vienen en la literatura de la confesión. Nuevamente, sustenta la sentencia que, aunque sea una confesión religiosa de notorio arraigo desde el año 2007, tiene que aceptar las críticas de sus adeptos o exmiembros y permitir la libertad de expresión y de información.
La sentencia nuevamente da veracidad a que la confesión actúa como “secta destructiva”, que hay víctimas y trastornos, añadiendo a la anterior histórica sentencia de diciembre de 2023 lo siguiente de gran relevancia:
"En el vídeo que se aporta se muestra con una cerilla al señor Morris, en aquel momento miembro del cuerpo gobernante, que no se manifiesta en absoluto tolerante con quien no pertenece a los testigos de Jehová; al contrario, su lenguaje verbal y corporal son altivos y desafiantes y podrían incitar al odio, y no los vídeos del señor Pedrero".
"Los pasajes más concretos se incluyen en el libro Pastoreen el rebaño, a mayor abundamiento, es un libro exclusivo para quien es anciano en la confesión, por lo que el fiel ordinario cuando estudia para ser bautizado o con posterioridad no conoce todas las consecuencias de sus actos ni todos los ámbitos de su vida que van a ser evaluados", reseña.
Sobre el ostracismo, apunta: "No estamos ante una práctica de una congregación, sino ante directrices impuestas, de obligado cumplimiento, a todos los fieles a través de sus publicaciones" (...) plantea la duda de si sanción tan severa por inflexible le genera al expulsado de la confesión maltrato psicológico por coacciones y merma de su libertad individual y religiosa".
"Las afirmaciones vertidas en los vídeos o las conclusiones a las que se llega coadyuvan en el debate público y necesario sobre los límites de las prácticas religiosas, como de cualquier asociación o confesión, sobre las consecuencias de la aplicación hasta sus últimas consecuencias de ciertas tradiciones o mandatos, de si estos concuerdan con el orden público actual", señala la asociación.
"El profesor Ferreiro Galguera admitió que cuando ostentaba el cargo de subdirector general de la libertad religiosa en el Ministerio de Justicia y se concedió el notorio arraigo, previamente se habían presentado dos informes, uno a favor y otro en contra, y en este último sí se mencionaba el tema de las consecuencias de la expulsión, que no tuvieron en cuenta, como tampoco había leído el señor Ferreiro Galguera Pastoreen el rebaño", incide la AEVTJ.
"Ciertamente, el exigir dos testigos en un delito que se comete en la intimidad, en la mayoría de los casos, facilita su comisión, su impunidad dificultando su persecución y castigo. A pesar del detallismo con el que se recogen las conductas y aspectos regulados en el libro Pastoreen ... que no se indique ni una vez en este que habrá que animar a denunciar o apoyar a quien desee denunciar y lo haga o colaborar, en todo caso, con las autoridades locales, se interpreta como una omisión voluntaria, pues no peca precisamente de generalista el libro mencionado y, cuanto menos, es una dificultad para la persecución de estos delitos que no se mencione expresamente la debida colaboración con las autoridades civiles".
