El Gobierno permitirá en los territorios que estén en la Fase 2 celebrar bodas con un aforo máximo de cien personas en espacios al aire libre o de cincuenta personas en espacios cerrados y se podrán llevar a cabo en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas.
Así, según la orden publicada esta tarde en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por el Ministerio de Sanidad, se obliga durante la ceremonia nupcial a cumplir las medidas de higiene y prevención establecidas por las autoridades sanitarias.
Respecto a las celebraciones que pudieran tener lugar tras la ceremonia nupcial y que impliquen algún tipo de servicio de hostelería y restauración, se deberá seguir las normas de seguridad relativas a estos establecimientos.
Por otra parte, la orden en el BOE recuerda que lo previsto en este artículo sobre ceremonias nupciales será de aplicación a otras celebraciones religiosas de carácter social.
Asimismo, en fase 2 se permite la vuelta voluntaria a las escuelas, según decida cada comunidad. En el caso de Andalucía, no habrá vuelta a las aulas más que para situaciones de excepcionalidad, algo que aún queda por matizar desde la Consejería.
Otras cosas que se pueden hacer en fase 2 es entrar en bares y restaurantes, con aforos limitados y servicio de camareros para mesas. Los cines, teatros, auditoros y similares podrán abrirse con aforo de un tercio. Además, podrán celebrarse espectáculos al aire libre de unas 50 personas o un tercio del aforo, siempre sea al aire libre. Es decir, concierto sí, pero no masivos.
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