Iryo y Renfe no indemnizarán a los pasajeros por los retrasos provocados por la limitación de velocidad

Las restricciones de velocidad se introdujeron tras el accidente ocurrido el 18 de enero en Adamuz por problemas en diferentes tramos

Un AVE en la estación de Santa Justa.
Un AVE en la estación de Santa Justa. MAURI BUHIGAS
30 de enero de 2026 a las 16:27h

Renfe e Iryo han anunciado que no aplicarán su política de devoluciones en caso de retrasos que se deban a las limitaciones temporales de velocidad que Adif ha establecido en determinadas líneas. Estas restricciones se implementan como consecuencia de los avisos que los maquinistas han reportado sobre posibles incidencias en las vías.

En contraste, Ouigo ha decidido mantener su política de compensaciones sin modificaciones. Según la compañía, los retrasos derivados de estas limitaciones darán derecho a un vale de descuento del 50% del billete a partir de los 30 minutos de retraso. Además, los viajeros podrán recibir un reembolso parcial del 50% si el retraso alcanza los 60 minutos, y la devolución total si supera los 90 minutos.

Renfe e Iryo han comunicado a sus clientes mediante avisos en sus respectivas páginas web que los retrasos provocados por las restricciones de Adif no generarán derecho a indemnización. En el caso de Iryo, esta medida afecta a los billetes adquiridos antes del 28 de enero, mientras que Renfe aplicará la excepción a partir del 31 de enero.

La semana pasada, la organización de consumidores Facua-Consumidores en Acción aseguró que las tres compañías están obligadas a abonar las indemnizaciones por retrasos según la normativa europea, incluso cuando estos se produzcan por las limitaciones de velocidad impuestas por Adif. Facua sostiene que estas restricciones no pueden considerarse una causa excepcional que exima a las operadoras de cumplir con las compensaciones.

La normativa europea

El artículo 19 de la normativa europea establece que los pasajeros deben recibir una indemnización del 25% del precio del billete en caso de retrasos de entre 60 y 119 minutos, y del 50% si el retraso es igual o superior a 120 minutos. La organización insiste en que estas disposiciones deben aplicarse independientemente de las limitaciones temporales de velocidad por seguridad.

Las restricciones de velocidad se introdujeron tras el accidente ocurrido el 18 de enero en Adamuz (Córdoba). A raíz de este suceso, los maquinistas han incrementado los reportes de incidencias, lo que ha llevado a Adif a reducir la velocidad en determinadas líneas y a realizar verificaciones nocturnas de la infraestructura ferroviaria cuando no circulan trenes.

Sobre el autor

Emilio Cabrera.

Emilio Cabrera

Ver biografía

Lo más leído