Algunos españoles podrán cobrar hasta 943,20 euros al mes en 2026 gracias a la revalorización del 11,4% aprobada por el Gobierno para las pensiones no contributivas. La medida ha sido convalidada por el Congreso de los Diputados el jueves 26 de febrero de 2026 mediante un Real Decreto-ley y afecta tanto a la pensión no contributiva de jubilación como a la de incapacidad.
En términos generales, la cuantía de las pensiones no contributivas se sitúa en 628,80 euros mensuales en 2026. Estas prestaciones se abonan en 14 pagas al año —12 mensualidades ordinarias y dos pagas extraordinarias—, lo que supone un total de 8.803,20 euros anuales.
Quién puede cobrar 943,20 euros al mes
Aunque la mayoría de beneficiarios percibirá 628,80 euros mensuales, existe un grupo concreto que podrá alcanzar los 943,20 euros al mes. Se trata de las personas que reciben la pensión no contributiva de incapacidad, tienen reconocida una discapacidad igual o superior al 75% y acreditan la necesidad de ayuda de una tercera persona para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
Para acceder a la pensión no contributiva de incapacidad es imprescindible tener reconocida una discapacidad de al menos el 65%. Sin embargo, la normativa del Imserso contempla un complemento económico adicional cuando la discapacidad alcanza o supera el 75%.
Ese complemento equivale al 50% de la cuantía anual base, es decir, 4.401,60 euros al año en 2026. De este modo, quienes cumplan los requisitos cobrarán 13.204,80 euros anuales, lo que se traduce en los mencionados 943,20 euros mensuales distribuidos en 14 pagas.
Diferencias con las pensiones contributivas
La principal diferencia entre las pensiones no contributivas y las contributivas es que, en el primer caso, no se exige un periodo mínimo de cotización. Estas prestaciones están dirigidas a personas que no han cotizado lo suficiente para acceder a una pensión contributiva y que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica.
Precisamente por esa razón, las cuantías de las pensiones no contributivas son considerablemente más bajas que las del sistema contributivo. Además, para tener derecho a ellas es necesario cumplir un requisito específico de carencia de rentas, así como residir en España.
En cuanto a la edad, la pensión no contributiva de incapacidad puede percibirse entre los 18 y los 65 años, mientras que la pensión no contributiva de jubilación está destinada a personas a partir de los 65 años. Ambas prestaciones son incompatibles entre sí.
Estas ayudas, gestionadas por el Imserso (Instituto de Mayores y Servicios Sociales), constituyen una red de protección básica para quienes no han podido acceder a una pensión contributiva y cumplen los requisitos económicos establecidos.


