El Estado toma competencias autonómicas y sólo podrás salir de casa para comprar y trabajar

Las Fuerzas Armadas intervendrán llegado el caso para garantizar el suministro alimentario, haciéndose con el control de cualquier empresa

real decreto
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El Gobierno ya ha cerrado ´muchos detalles sobre el real decreto del estado de alarma, aunque todavía quedan detalles por cerrar. Según informan medios nacionales, hasta entrada la tarde no comparecerá Pedro Sánchez, que en un primer momento iba a hacerlo por la mañana y después volvió a cancelar su comparecencia de las tres de la tarde. Entre las medidas más importantes, se limita el tránsito de personas a dos cuestiones: trabajar y comprar comida, además de otras urgencias que pudieran surgir, sobre todo de tipo médico.

Además, el Ejecutivo de Pedro Sánchez se hace con las competencias en Transportes, Interior, Defensa y Sanidad. No se desaloja, en principio, a los respectivos gobiernos autonómicos, sino que cualquier orden, ante cualquier escenario, será de cumplimiento obligatorio, sin posibilidad de dudar sobre su legalidad, toda vez que la legalidad vigente es ahora la del estado de alarma. En la práctica, consiste en inhabilitar gran parte de la división de poderes territoriales que recoge la Constitución. Y se hace, eso sí, con otro artículo previsto en la Constitución, el del estado de alarma.

Además, el Gobierno podrá movilizar a las Fuerzas Armadas y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE) para garantizar el suministro alimentario durante el periodo de estado de alarma decretado por la crisis del coronavirus.

Así consta en el Real Decreto por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que ha aprobado este sábado un Consejo de Ministros extraordinario.

En el artículo 16, el real decreto establece las medidas necesarias para garantizar el suministro alimentario, entre las que incluye la posibilidad de acordar la intervención de empresas o servicios.

Además, estipula que las autoridades competentes podrán tomar decisiones para garantizar el abastecimiento "en los lugares de consumo y el funcionamiento de los servicios de los centros de producción, permitiendo la distribución de alimentos desde el origen hasta los establecimientos comerciales de venta al consumidor".

En concreto, cuando resulte necesario por razones de seguridad se podrá acordar el acompañamiento de los vehículos que realicen el transporte de estos bienes de primera necesario.

También podrá establecer cordones sanitarios para permitir la entrada y salida de personas, materias primas y productos elaborados con destino o procedentes de establecimientos en los que se produzcan alimentos, incluidas las granjas, fábricas de piensos para alimentación animal y los mataderos.

Es en este marco donde incluye la posibilidad de decretar la movilización de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y de las Fuerzas Armadas con el fin de asegurar el buen funcionamiento de todo lo anterior.

Puedes ver el resto del decreto aquí.

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