Dos sevillanos atrapados en el aeropuerto de Sudáfrica

El Gobierno impone cuarentena a los viajeros procedentes del sur de África por la nueva variante de coronavirus

Dos sevillanos atrapados en el aeropuerto de Sudáfrica
29 de noviembre de 2021 a las 09:58h

Al menos dos sevillanos se han quedado en las últimas horas atrapados en Sudáfrica, donde les ha sorprendido la expansión de la variante ómicron del coronavirus y las nuevas restricciones que ésta ha traido consigo. Uno de estos afectados, Fran Mallén, explicó a Diario de Sevilla que tenían previsto volar a Zúrich en un vuelo de la compañía suiza Swiss Air, pero que no pudieron finalmente embarcar porque la empresa ha cambiado su política de vuelo y sólo admite a ciudadanos suizos en sus aviones.

Mallén aseguró que en estos momentos "no hay forma de encontrar un vuelo" y que lo más cercano que han encontrado es para el día 6 de diciembre con KLM hacia Amsterdam. "Hemos estado hablando con la Embajada, pero la única información que nos dan es qué compañías vuelan y poco más. Por otro lado nos insinúan que mínimo hasta el martes no podremos salir de aquí... Con todo lo que eso implica, hay gente que debería empezar a trabajar y también gente muy mayor, la mayoría están entre 60 y 75 años y sólo cuatro por debajo de 40".

El Gobierno ha restringido la llegada de pasajeros en vuelos procedentes de varios países del sur de África por la aparición de l nueva variante B.1.1.529 de SARS-CoV-2, conocida como ómicron.

Concretamente ha impuesto una cuarentena de diez días a los viajeros que vengan desde Botswana, Eswatini, Lesotho, Mozambique, Namibia, Sudáfrica y Zimbabwe. La norma entró en vigor desde las 00.00 horas de este lunes 29 de noviembre y se prolongará durante los próximos 14 días naturales, con opción a prórroga si se mantienen las circunstancias que la han motivado, según recoge este lunes el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Las personas a las que se refiere el apartado primero deberán guardar cuarentena durante los diez días siguientes a su llegada, o durante toda su estancia en España si ésta fuera inferior a ese plazo.

Este periodo podrá finalizar con anterioridad, si al séptimo día a la persona se le realiza una prueba diagnóstica de infección activa con resultado negativo. Esta orden afecta a las personas que lleguen en vuelo desde cualquier aeropuerto situado en los países citados anteriormente, considerados como de alto riesgo, a cualquier aeropuerto situado en el Reino de España, con o sin escalas intermedias.

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