Dos sevillanos atrapados en el aeropuerto de Sudáfrica

El Gobierno impone cuarentena a los viajeros procedentes del sur de África por la nueva variante de coronavirus

Dos sevillanos atrapados en el aeropuerto de Sudáfrica
Dos sevillanos atrapados en el aeropuerto de Sudáfrica

Al menos dos sevillanos se han quedado en las últimas horas atrapados en Sudáfrica, donde les ha sorprendido la expansión de la variante ómicron del coronavirus y las nuevas restricciones que ésta ha traido consigo. Uno de estos afectados, Fran Mallén, explicó a Diario de Sevilla que tenían previsto volar a Zúrich en un vuelo de la compañía suiza Swiss Air, pero que no pudieron finalmente embarcar porque la empresa ha cambiado su política de vuelo y sólo admite a ciudadanos suizos en sus aviones.

Mallén aseguró que en estos momentos "no hay forma de encontrar un vuelo" y que lo más cercano que han encontrado es para el día 6 de diciembre con KLM hacia Amsterdam. "Hemos estado hablando con la Embajada, pero la única información que nos dan es qué compañías vuelan y poco más. Por otro lado nos insinúan que mínimo hasta el martes no podremos salir de aquí... Con todo lo que eso implica, hay gente que debería empezar a trabajar y también gente muy mayor, la mayoría están entre 60 y 75 años y sólo cuatro por debajo de 40".

El Gobierno ha restringido la llegada de pasajeros en vuelos procedentes de varios países del sur de África por la aparición de l nueva variante B.1.1.529 de SARS-CoV-2, conocida como ómicron.

Concretamente ha impuesto una cuarentena de diez días a los viajeros que vengan desde Botswana, Eswatini, Lesotho, Mozambique, Namibia, Sudáfrica y Zimbabwe. La norma entró en vigor desde las 00.00 horas de este lunes 29 de noviembre y se prolongará durante los próximos 14 días naturales, con opción a prórroga si se mantienen las circunstancias que la han motivado, según recoge este lunes el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Las personas a las que se refiere el apartado primero deberán guardar cuarentena durante los diez días siguientes a su llegada, o durante toda su estancia en España si ésta fuera inferior a ese plazo.

Este periodo podrá finalizar con anterioridad, si al séptimo día a la persona se le realiza una prueba diagnóstica de infección activa con resultado negativo. Esta orden afecta a las personas que lleguen en vuelo desde cualquier aeropuerto situado en los países citados anteriormente, considerados como de alto riesgo, a cualquier aeropuerto situado en el Reino de España, con o sin escalas intermedias.

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