La campaña de la declaración de la Renta 2025-2026 arranca este martes 7 de abril y ya plantea dudas a miles de contribuyentes, especialmente a quienes durante el pasado ejercicio han compatibilizado dos empleos, han cobrado el desempleo mientras trabajaban o han cambiado de empresa a lo largo del año. En todos estos casos, el límite a partir del cual es obligatorio declarar cambia de forma significativa y conviene conocerlo antes de empezar.
Con carácter general, la obligación de presentar el IRPF se activa cuando los rendimientos del trabajo superan los 22.000 euros brutos anuales. Sin embargo, en cuanto aparece un segundo pagador en el ejercicio, ese umbral se reduce a 15.876 euros brutos. La diferencia es notable y puede convertir en obligatorio un trámite que el mismo contribuyente no tuvo que realizar el año anterior.
Para saber si se está en este supuesto, la pista más clara es haber recibido rendimientos del trabajo de entidades con NIF distintos durante 2025. Quien haya cobrado una prestación por desempleo al mismo tiempo que un salario también entra en este escenario, ya que ambos importes se suman y deben reflejarse en la declaración.
Qué documentos hay que reunir
Antes de sentarse a preparar la declaración, conviene recopilar el certificado de retenciones de cada empresa o pagador, el importe íntegro de los salarios percibidos y las retenciones de IRPF y cotizaciones a la Seguridad Social de cada fuente. Con esa documentación en mano, el contribuyente podrá trasladar cada cuantía a su apartado correspondiente sin riesgo de errores.
Los casos especiales que más confusión generan
Uno de los errores más habituales en esta situación es el de quienes han compatibilizado trabajo por cuenta ajena con alguna actividad como autónomos. En ese caso, los rendimientos de la actividad económica no se encuadran en la misma casilla que el salario y deben reflejarse en el modelo que corresponda. Situar un importe en la casilla incorrecta puede derivar en requerimientos o sanciones por parte de la Agencia Tributaria.
La clave, en definitiva, es comprobar que cada cifra está en su lugar y coincide con los certificados recibidos. Un dato mal consignado, aunque sea por descuido, puede abrir un procedimiento de comprobación que se habría evitado con una revisión previa del borrador antes de confirmarlo.
