Crimen de Laura Luelmo: "Bernardo Montoya sometió a la joven a un padecimiento innecesario"

Bernardo Montoya, condenado a prisión permanente revisable, en una sentencia conocida este viernes, por asesinar con saña y violar a la joven profesora zamorana, a la que envolvió en una manta y probablemente abandonó aún con vida

El condenado Bernardo Montoya, en el juicio por el crimen de Laura Luelmo.
El condenado Bernardo Montoya, en el juicio por el crimen de Laura Luelmo.

Eran poco más de las cinco y cuarto de la tarde de un 12 de diciembre de hace tres años. La profesora zamorana Laura Luelmo, de solo 26 años, acababa de salir de un supermercado de El Campillo, en Huelva, provincia en la que había encontrado destino para impartir clases —en el IES de Nerva—. Aquella tarde había gastado 2,53 euros en agua mineral, huevos y patatas. Había enviado un mensaje de texto a su novio: “Ven, que te cuido”, según recoge el sumario del caso. 

Al regresar a su casa fue abordada, al filo de las cinco y media, por el vecino que vivía en la vivienda frente a la que se había mudado solo unos días antes —el 9 de diciembre— en el pueblo onubense. Era Bernardo Montoya, condenado este viernes a prisión permanente revisable por un crimen con el agravante de género. Montoya, criminal confeso, asesino reincidente, sometió a la joven a un “padecimiento innecesario y un sufrimiento más intenso que el que se requería para causarle la muerte”, según recoge la sentencia publicada este viernes, casi tres años después del crimen, por la Audiencia de Huelva. Todo ello, tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular.

Como da por probado la sentencia, al causar a la joven las heridas que provocaron finalmente su muerte, el condenado “se valió de su superior fuerza física y de una extrema violencia”, ya que la “encerró y amordazó” para que “no pudiera pedir auxilio” y le amarró las manos a la espalda, “consiguiendo con todo ello cometer estos actos de manera que impedía efectivamente cualquier reacción defensiva” de la asesinada. Asimismo, la sentencia también recoge que Montoya, al agredirla sexualmente, “utilizó la violencia para conseguir su sumisión total a la satisfacción del deseo sexual, incurriendo en una conducta particularmente degradante para la mujer, de cosificación y dominación, que se corresponde con su propio concepto de los roles de género”.

Antes de deshacerse del cuerpo, el acusado la introdujo “a la fuerza” en su domicilio “con intención de agredirla sexualmente”, de modo que, una vez dentro de la casa, el condenado cerró la puerta, “impidiendo” que la víctima saliera de la vivienda y que se le prestase auxilio, comenzando en ese momento a propinarle “fuertes” golpes. Estos golpes se produjeron mediante puñetazos y utilizando para ello además un objeto contundente, de tipo romo, según prosigue la sentencia, que añade que, “aprovechando el aturdimiento e indefensión” de la joven, el acusado “le ató las manos a la espalda y le tapó la boca con cinta adhesiva”, trasladándola a uno de los dormitorios del inmueble, donde la agredió sexualmente.

Seguidamente, “con ánimo de acabar con la vida” de la víctima y “para evitar que se conociera la comisión de los hechos”, el acusado le asestó un fuerte golpe con un objeto contundente. En poco más de hora y veinte, Montoya se ensañó con su víctima, llegando a envolverla en una manta, con las manos amarradas a la espalda y la boca tapada con cinta adhesiva. Laura aún respiraba. A las 18.42 horas de aquella tarde, la joven aún se encontraba con vida en el maletero del coche donde la introdujo Montoya.

El condenado, una vez en el vehículo, realizó un recorrido por los términos municipales de Minas de Riotinto, Nerva y El Campillo, dirigiéndose finalmente a un concreto paraje, Las Mimbreras, donde, entre las 19.44 y las 20.42 horas, dejó el cuerpo semidesnudo de la joven, probablemente aún con vida, con las manos atadas a la espalda, así como el resto de los objetos con la excepción del teléfono móvil, en una zona escarpada y de difícil acceso, todo ello “con intención de que su cuerpo no fuera hallado y sin comunicar el paradero del mismo hasta su detención”. La joven falleció aproximadamente a las 20.15 horas del 13 de diciembre, según la sentencia, siendo hallado su cuerpo el día 17 de diciembre de ese año en el mismo lugar donde fue dejado por Montoya.

Alrededor de 40 lesiones

Según la autopsia practicada por los forenses del Instituto de Medicina Legal de Huelva, como recogió en su momento El Mundo, la profesora zamorana sufrió alrededor de 40 lesiones en la mandíbula, la región frontal y la región temporal, aunque la causa de la muerte, señalaron los expertos en su dictamen, fue “un golpe con un objeto de carácter inciso contuso, con transmisión de fuerza viva como para producir el hundimiento craneal”.

En la sentencia notificada este viernes a las partes personadas en la causa, la Audiencia condena al acusado a la pena de prisión permanente revisable por un delito de asesinato con la agravante de reincidencia (fue condenado por sentencia firme de 31 de diciembre de 1997 de la Audiencia de Huelva por delitos de allanamiento de morada, obstrucción a la justicia y asesinato de una anciana de 82 años en Cortegana) y le impone además 17 años y medio de cárcel por un delito de detención ilegal en concurso ideal con un delito de agresión sexual con la agravante de género.

Sobre esto último, la Audiencia considera que “es claro que la detención ilegal de la víctima constituyó un medio para la posterior agresión sexual”, de modo que “nos encontramos ante un concurso medial o instrumental, en el que el encierro” de la víctima en la casa del encausado “fue el medio utilizado para poder realizar seguidamente la agresión, y no tiene sentido ni finalidad sin ella”.

Asimismo, y en concepto de responsabilidad civil, el acusado tendrá que indemnizar con un total de 400.000 euros a los padres y hermanos de la víctima. En este punto, el magistrado-presidente del juicio con jurado concluye que no procede indemnizar al novio de la fallecida, ya que “no consta que la parte que lo solicita, acusación particular, ostente formalmente su representación procesal” y, además, “no consta que existiera una relación estable, con convivencia análoga a la del matrimonio”.

Cuando el 9 de diciembre de 2018 Laura Luelmo se trasladó a El Campillo, envió un vídeo a su novio. Dicho vídeo, incluido en el sumario de este crimen, iba a acompañado de la siguiente frase: "La única pega es que tengo un vecino que me da un poco de miedo".

Sobre el autor:

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P. S. M.

Periodista, licenciado en Comunicación por la Universidad de Sevilla, máster de Urbanismo en el IPE. Antes en Grupo Joly (2004-2012), Desde 2014 soy socio fundador y director de lavozdelsur.es. Miembro de número de la Cátedra de Flamencología; colaboro en Guía Repsol; y coordino la comunicación de la Asociación de Festivales Flamencos. Socio de la Federación Española de Periodistas (FAPE).

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