Los consejos para las rebajas y las devoluciones: los tickets-regalo no pueden tener fecha de caducidad

En el caso de compras realizadas por internet, por teléfono o fuera de un establecimiento físico, los consumidores disponen del derecho de desistimiento

Las rebajas este mes de enero.
Las rebajas este mes de enero. MANU GARCÍA
11 de enero de 2026 a las 11:06h

La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía ha recordado que, tras la celebración de la Navidad y del día de Reyes, es habitual que muchas personas consumidoras consideren cambiar o devolver algunos de los regalos recibidos. La entidad, dependiente de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias, advierte de que no todos los comercios están obligados a aceptar devoluciones si los productos se encuentran en perfecto estado, ya que esta práctica depende de las condiciones comerciales establecidas por cada establecimiento.

La normativa vigente establece que la devolución o sustitución de un artículo solo es obligatoria cuando este presenta algún defecto, falta de conformidad o tara. En el resto de los casos, serán las políticas internas del comercio las que determinen si se permite un cambio, la emisión de vales, la sustitución por otro producto o la existencia de restricciones, como ocurre con artículos desprecintados o de naturaleza delicada, incluyendo ropa interior, productos de higiene, soportes audiovisuales abiertos o libros.

Desde Consumo subrayan la importancia de que estas condiciones estén visibles y se comuniquen de manera clara antes de realizar la compra. Además, recuerdan que los vales, bonos y tiques-regalo no pueden establecer fecha de caducidad, ya que esto contraviene la normativa de protección de las personas consumidoras. En cambio, las tarjetas-regalo con valor monetario sí pueden tener un periodo de validez, normalmente de al menos tres años desde su emisión.

En el caso de compras realizadas por internet, por teléfono o fuera de un establecimiento físico, los consumidores disponen del derecho de desistimiento. Este permite devolver los productos sin necesidad de justificar el motivo y sin penalización en un plazo de 14 días naturales desde la recepción, salvo en las excepciones previstas por la ley. Las empresas deben reembolsar el importe abonado y garantizar un procedimiento de devolución accesible y sencillo.

Conservar la factura

Consumo recuerda también que conservar el tique o la factura es imprescindible para hacer valer tanto las condiciones comerciales del establecimiento como la garantía legal del producto. Actualmente, los bienes de consumo cuentan con una garantía general de tres años, mientras que los contenidos o servicios digitales tienen dos años. Para productos de segunda mano, el plazo puede ser menor, siempre que se respete un mínimo de un año.

Además, los consumidores pueden presentar reclamaciones ante prácticas publicitarias que induzcan a error, como recibir un artículo diferente al anunciado. En estos casos, es posible exigir la entrega correcta del producto o la devolución del importe abonado.

La Dirección General de Consumo anima finalmente a la ciudadanía a informarse antes de realizar cualquier compra, especialmente durante los periodos de rebajas, y a ejercer sus derechos de manera consciente, responsable y plenamente informada.

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Emilio Cabrera.

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