El nuevo año traerá cambios relevantes en el sistema de pensiones y jubilación, no solo en las cuantías, sino también en la edad legal de retiro, que seguirá retrasándose conforme al calendario fijado por la reforma. En 2026, la edad ordinaria aumentará dos meses respecto a 2025, en una transición que culminará en 2027.
De este modo, quienes hayan cotizado menos de 38 años y 3 meses solo podrán jubilarse a los 66 años y 10 meses, mientras que las personas que alcancen o superen ese periodo de cotización podrán seguir accediendo a la jubilación a los 65 años. A partir de 2027, la edad legal se situará en 67 años para quienes no lleguen a los 38 años y 6 meses cotizados.
Jubilación parcial y requisitos de cotización
La existencia de un contrato de relevo, que permita cubrir la parte de jornada liberada, marca una diferencia sustancial en los requisitos de acceso a la jubilación parcial. Cuando se produce esta sustitución, considerada positiva para el mercado laboral, el sistema permite adelantar notablemente la edad de acceso.
Así, en 2026, una persona con 33 años cotizados podrá iniciar la jubilación parcial desde los 62 años, combinando una reducción de jornada con el cobro de una parte proporcional de la pensión. Lo que no varía es el requisito mínimo de cotización para acceder a la pensión contributiva, que se mantiene en 15 años, de los cuales al menos dos deben haberse cotizado dentro de los 15 años previos a la jubilación.
Subidas en las pensiones y jubilación anticipada en 2026
Las pensiones mínimas experimentarán una subida relevante en 2026. Las cuantías anuales se fijan en 13.107 euros para pensionistas de 65 años o más sin cónyuge y en 17.592 euros en los casos de cónyuge a cargo. También se actualiza la pensión máxima, que pasará a 3.359 euros mensuales en 14 pagas, lo que supone 47.034 euros anuales, con un ajuste adicional derivado de la última reforma de cotizaciones para quienes accedan a ella ese año.
En cuanto a la jubilación anticipada involuntaria, pensada para quienes pierden su empleo por causas ajenas a su voluntad, en 2026 podrá solicitarse hasta 48 meses antes de la edad legal ordinaria: desde los 62 años y 10 meses con carácter general, o desde los 61 años si se acreditan 38 años y 3 meses cotizados. La modalidad voluntaria, más restrictiva, permitirá el retiro hasta 24 meses antes: desde los 64 años y 10 meses, o desde los 63 años con la misma cotización elevada, aplicándose en todos los casos coeficientes reductores permanentes sobre la pensión.
