Calendario de festivos en Andalucía para 2026: dos puentes poco habituales y dos sábados que se 'pierden'

El próximo año llegará con muchos cambios respecto a otros años, como que no habrá que pedir días en el trabajo para el 7 de diciembre, mitad del puente de la Constitución

Una puesta de sol en un día festivo, en Sanlúcar, en una imagen de archivo.
Una puesta de sol en un día festivo, en Sanlúcar, en una imagen de archivo. JUAN CARLOS TORO
14 de mayo de 2025 a las 18:33h

La Junta de Andalucía ha aprobado el calendario de festivos para el año 2026, estableciendo un total de doce jornadas festivas de ámbito nacional y autonómico que serán de carácter retribuido y no recuperable. A estas fechas, que afectarán por igual a todo el territorio andaluz, se sumarán dos días más de carácter local, que deberán ser propuestos por cada uno de los municipios de la comunidad.

  • -1 de enero (jueves), Año Nuevo.
  • - 6 de enero (martes), Epifanía del Señor.
  • -28 de febrero (sábado), Día de Andalucía.
  • -2 de abril, Jueves Santo. 
  • -3 de abril, Viernes Santo.
  • -1 de mayo (viernes), Fiesta del Trabajo.
  • -15 de agosto (sábado), Asunción de la Virgen.
  • -12 de octubre (lunes), Fiesta Nacional de España.
  • -2 de noviembre (lunes), Todos los Santos
  • -7 de diciembre (lunes), Día de la Constitución Española.
  • -8 de diciembre (martes), Día de la Inmaculada Concepción.
  • -25 de diciembre (viernes), Natividad del Señor.

Según el decreto aprobado por el Ejecutivo autonómico, Andalucía ejercerá sus competencias en esta materia para fijar, entre los días festivos, aquellos con mayor arraigo en la región. Así, se mantienen como no laborables la Epifanía del Señor (6 de enero), el Jueves Santo (2 de abril) y el Día de Andalucía (28 de febrero), junto a otras festividades nacionales.

Completan la lista de festivos comunes el 1 de enero (Año Nuevo), el Viernes Santo (3 de abril), el Día del Trabajo (1 de mayo), la Asunción de la Virgen (15 de agosto), la Fiesta Nacional (12 de octubre), el Día de Todos los Santos (1 de noviembre), el Día de la Constitución (6 de diciembre), la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y la Natividad del Señor (25 de diciembre).

Propicio para puentes

Dado que el 1 de noviembre (Todos los Santos) y el 6 de diciembre (Día de la Constitución Española) coinciden en domingo, ambas fechas serán trasladadas al lunes siguiente, es decir, al 2 de noviembre y 7 de diciembre, respectivamente. De este modo, los trabajadores podrán disfrutar igualmente del descanso retribuido en estas fechas señaladas, tal y como establece la normativa vigente.

Sin embargo, dos festivos caen en sábado y para quienes ese día no lo trabajen habitualmente, se 'pierden' en el calendario. Es el caso del 28F y el 15 de agosto.

Pero será un buen año de puentes, porque el de la Constitución será completo al quedar el lunes como festivo junto al martes 8 de diciembre. También se hará puente el 1 de mayo.

Además, cada ayuntamiento podrá incorporar dos jornadas festivas adicionales de ámbito local. Para ello, los consistorios dispondrán de un plazo de dos meses desde la publicación del decreto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para presentar sus propuestas ante la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.

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Pablo Fdez. Quintanilla

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