Andalucía activa este 2026 una ayuda automática de 1.857,24 euros

a ayuda extraordinaria se repartirá en cuatro pagos en 2026 y llegará directamente a la cuenta bancaria del beneficiario

20 de enero de 2026 a las 10:09h
Una persona saca dinero en metálico de un cajero, en una imagen de archivo.
Una persona saca dinero en metálico de un cajero, en una imagen de archivo. PETER HUDEC / EFE

La Junta de Andalucía ha puesto en marcha una ayuda extraordinaria destinada a mejorar los ingresos de quienes perciben pensiones asistenciales del Fondo de Asistencia Social (FAS) y del Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos (SGIM). La medida se aplicará sin necesidad de solicitud previa y mediante transferencia en la misma cuenta donde se cobra la prestación habitual.

El objetivo de la ayuda es reforzar la protección económica de colectivos con recursos reducidos. Para recibirla, basta con cumplir una condición clave: residir en Andalucía y ser beneficiario de alguna de estas pensiones. El pago será de oficio y se efectuará en cuatro abonos trimestrales a lo largo de 2026.

Beneficiarios y requisitos

La Junta subraya que el incentivo está dirigido exclusivamente a personas con pensión FAS o SGIM ya reconocida, que además mantengan la vecindad administrativa en Andalucía. La finalidad —explican— es incrementar la cuantía percibida sin obligar a realizar trámites añadidos.

¿Hace falta apuntarse o solicitar algo? En principio, no. Para poder cobrar esta ayuda extraordinaria se exigen tres requisitos: tener reconocida una pensión asistencial FAS o SGIM; conservar esa condición durante los tres meses previos a cada pago trimestral; y mantener la residencia administrativa en Andalucía. De ahí que resulte relevante no perder la condición justo antes de los abonos previstos.

Cuánto se cobra y cuándo llega

La cuantía total asciende a 1.857,24 euros, con una distribución en cuatro pagos trimestrales: marzo, junio, septiembre y diciembre de 2026. El ingreso se efectuará en la misma cuenta en la que el beneficiario recibe su cobro ordinario del FAS o del SGIM, lo que evita trámites adicionales o formularios.

Un detalle importante: la ayuda es incompatible con la percepción de una pensión no contributiva si se opta por esta. Por tanto, en situaciones donde exista posibilidad de elección, conviene valorar qué transferencia económica se mantiene, ya que no serían compatibles.

Con este esquema, la Junta busca automatizar el acceso, agilizar la gestión y mejorar el apoyo económico a colectivos vulnerables durante el próximo año.

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F. Jiménez

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