Así es la nueva ley con la que el Gobierno quiere poner límite a las privatizaciones sanitarias

El anteproyecto establece que la colaboración con entidades privadas solo será posible cuando la administración pública no pueda prestar directamente el servicio

Concentración por la sanidad pública en Jerez.
Concentración por la sanidad pública en Jerez. JUAN CARLOS TORO
10 de febrero de 2026 a las 16:27h

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Anteproyecto de Ley de Gestión Pública e Integridad del Sistema Nacional de Salud (SNS), que derogará la Ley 15/1997, reguladora de la colaboración público-privada en el ámbito sanitario. La nueva normativa limita este modelo a situaciones excepcionales y sujetas a evaluación, con el objetivo de reforzar la gestión pública de los servicios sanitarios.

La ministra de Sanidad, Mónica García, ha señalado que la ley representa un logro de la sociedad civil y de las demandas ciudadanas históricas, y que permitirá proteger el SNS de prácticas especulativas y privatizadoras. Según la titular, la iniciativa se enmarca en la estrategia de garantizar que la sanidad permanezca como un servicio público defendido frente a intereses privados.

García ha explicado que la norma busca poner fin a casos considerados irregulares o abusivos en la gestión de servicios sanitarios. Entre los ejemplos citados se encuentran los audios filtrados del Hospital de Torrejón, concesionado a Ribera Salud, que aluden a supuestas instrucciones para maximizar beneficios económicos, así como los problemas surgidos por la externalización de los cribados de cáncer de mama en Andalucía.

La ministra ha subrayado que estos episodios no son casos aislados, sino parte de un problema estructural, y ha recordado que la evidencia científica indica que la privatización puede afectar a la calidad asistencial, generando un aumento de infecciones, mortalidad evitable y desigualdad en el acceso a la atención sanitaria.

Los condicionantes

El anteproyecto establece que la colaboración con entidades privadas solo será posible cuando la administración pública no pueda prestar directamente el servicio, garantizando sostenibilidad financiera, eficiencia y requisitos de calidad, continuidad, accesibilidad y asequibilidad. Además, cualquier proyecto de este tipo deberá someterse a una evaluación previa que incluya un informe justificativo de la administración y un análisis de un comité formado por expertos sanitarios, profesionales y representantes de la sociedad civil.

La resolución de esta evaluación deberá publicarse tanto en el boletín oficial correspondiente como en la sede electrónica de la administración sanitaria. Para concesiones de servicios, se exigirá también un informe de la Oficina Nacional de Evaluación (ONE) sobre sostenibilidad financiera. La ley incorpora, además, una cláusula que da prioridad a entidades sin ánimo de lucro en caso de empate en la adjudicación.

El texto incluye regulaciones específicas para consorcios sanitarios, que deberán estar adscritos a administraciones sanitarias, cumplir con la normativa de estabilidad presupuestaria, auditar sus cuentas anualmente y regular la situación de su personal. Asimismo, la norma permite a la Alta Inspección del SNS asesorar técnicamente en la reversión de servicios externalizados y prohíbe contratos en los que la empresa constructora del hospital participe posteriormente en su gestión.

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Emilio Cabrera.

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