Ningún político pagará por los 357.221 euros que la trama Gürtel robó a los jerezanos

Condenan a prisión a Correa y a miembros de su trama corrupta; absuelven a los técnicos municipales por prescripción del amaño de contratos de Fitur 2004. La sentencia hace constar la solicitud de Fiscalía de reapertura de la causa contra la exalcaldesa García-Pelayo. La otra figura clave en la pieza, el intermediario Isidro Cuberos, falleció en extrañas circunstancias en 2015

Pelayo junto a Rajoy y Arenas, en una imagen de archivo. FOTO: CRISTÓBAL

En mayo de 2015, el periodista sevillano Isidro Cuberos, ex jefe de prensa de Javier Arenas cuando fue presidente del PP andaluz y ministro con Aznar, admitió ante el juez de la Audiencia Nacional, José de la Mata, que medió ante el Ayuntamiento de Jerez para los miembros de la trama Gürtel y dijo que estaba muy satisfecho del trabajo realizado. Unos meses más tarde, Cuberos falleció en extrañas circunstancias tras permanecer varios días desaparecido. En 2003, el PP de Jerez dijo que el sevillano trabajaba "gratis" por asesorar y gestionar la presencia de Jerez en la feria Fitur de 2004.

Luego, años más tarde, quedó probado que cobró 53.355 euros por su labor de intermediación. En una columna en Diario de Jerez, Cuberos escribía en aquella época: "Con el lema genérico de origen de calidad, la ciudad de Jerez abre el próximo 28 de enero su participación en Fitur, un lugar de encuentro con todos los grandes destinos turísticos del mundo. Para ello cuenta con el aval de (...) la incansable labor de nuestra alcaldesa. La gloria no va a ser para esas empresas, no va a ser para nosotros. La gloria será para Jerez (…) Gracias Jerez".

En 2014, la entonces alcaldesa de Jerez, María José García-Pelayo, compareció en un pleno extraordinario sobre la pieza jerezana de la Gürtel y aseguró que "todo se tramitó de acuerdo a la legalidad". Gracias a su aforamiento, este miércoles se ha conocido la sentencia de la Audiencia Nacional, diez años después de la denuncia que cursó la exalcaldesa Pilar Sánchez (PSOE), y no hay ni uni político que responda ante lo que el juez Ruz llamó "groseras ilegalidades".

La sección segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia sobre la llamada pieza jerezana (pieza separada Ayuntamiento de Jerez) de la trama Gürtel. En sus 161 folios, a los que ha tenido acceso lavozdelsur.es, los magistrados María José Rodríguez Duplá (presidenta), Julio de Diego López y María Fernanda García Pérez (ponente) declaran culpables a los líderes del entramado corrupto, Francisco Correa (que suma ya casi 80 años de prisión en los diferentes juicios que se han ido celebrando en esta macrocausa) y Pablo Crespo. Ambos, con la atenuante de la dilación indebida —el proceso judicial se paralizó unos cuatro años—, son condenados a tres años de prisión por delitos continuados de falsedad cometida por funcionario público y prevaricación como cooperadores necesarios en relación con los contratos ilícitos adjudicados por el Ayuntamiento de Jerez para su participación en la Feria Internacional de Turismo en 2004.

Igualmente, los trabajadores del 'grupo Correa' Javier Nombela (dos años y tres meses de cárcel) e Isabel Jordán (un año y dos meses) son condenados como cooperadores necesarios. El tribunal absuelve a cinco funcionarios de este Consistorio por prescripción del delito. Curiosamente, una de ellas, interventora municipal en aquella época, advirtió hasta en tres ocasiones de la posible ilegalidad que pendían sobre los tres expedientes. ¿Quién ordenó esos amaños, esos contratos en la primera etapa del Partido Popular en el Consistorio que han costado 357.221 euros a los jerezanos?

El objeto del contrato fue la prestación de los servicios para el desarrollo de la Fitur 2004. Se estableció un presupuesto de 306.000 euros en dos lotes: lote 1, referido a la Gestión, con un importe máximo de licitación de 164.000,00 euros, comprende: diseño, montaje y desmontaje de stand, y la gestión global, protocolo, personal y servicios; y lote 2 Publicidad y Propaganda con un importe máximo de licitación de 142.000,00 euros, comprende imagen, prensa y entrevistas, imprenta, publicidad y merchandising. A esto, se añadió un segundo expediente por un importe de 39.366,92 euros para acondicionamiento de la Plaza Mayor de Madrid para espectáculo ecuestre; y un tercer expediente para el montaje de un espectáculo de flamenco en los jardines de Cecilio Rodríguez por 11.855,08 euros.

Tribuna publicada por Isidro Cuberos sobre Fitur 2004

"Los hechos que aquí se enjuician —expone la sentencia— se concretan a la obtención por parte del acusado señor Correa de la adjudicación directa de la ejecución de tres contratos relativos a la participación de la ciudad de Jerez en Fitur 2004, a la que se le dio una apariencia de legalidad elaborando los expedientes administrativos una vez terminada la feria el 1 de febrero de 2004". Correa, prosigue, "aprovechándose de su amistad con el investigado, Isidro Cuberos González, fallecido el 27 de octubre de 2015, quien estaba relacionado con cargos públicos del Ayuntamiento de Jerez, obtuvo ilícitamente a favor de sus empresas Special Events SL y Down Town Consulting SL, la adjudicación de tres contratos referidos a la Feria Internacional del Turismo 2004, celebrada los días 28 de enero a 1 de febrero de ese año".

"Expedientes plagados de ilegalidades y arbitrariedades para sortear los controles de legalidad"

La adjudicación se llevó a cabo en el seno del Instituto de Promoción y Desarrollo de la Ciudad de Jerez —organismo autónomo ya extinto, dependiente del Ayuntamiento de Jerez—, y se hizo "directamente vulnerando la normativa de contratación pública y sus principios de publicidad, concurrencia, igualdad, objetividad y transparencia, que exigía la tramitación de un concurso público". Una vez obtenido el negocio para las empresas del grupo Correa, "siguiendo el modo de operar habitual, lo comunicó al señor Crespo, que era el gerente de las empresas, y éste a su vez a los empleados de las mismas, cuya sede estaba en la calle Serrano, 40, iniciando las actuaciones y gestiones necesarias para la ejecución de los eventos, tales como los diseños del stand, encargos y pagos a proveedores, contrataciones de servicios con Ifema o de las pólizas de responsabilidad civil, todas ellas entre diciembre de 2003 y primeros de enero de 2004, con anterioridad a la fecha de la supuesta adjudicación formal de los contratos, el 15 de enero de 2004".

Por otro lado, también en Jerez se celebraron reuniones los días 18 y 25 de noviembre de 2003 con personal del Área de Turismo del Instituto de Promoción y Desarrollo de la Ciudad (IPDC), en las que participó el investigado fallecido Isidro Cuberos, donde se abordaron la organización, publicidad, presupuestos, reparto de tareas e incluso las formas de contratación, decidiéndose celebrar tres eventos, transmitiéndose después las directrices a las empresas. Una vez terminada la feria, "con el fin de encubrir la directa adjudicación y dotarla de una apariencia de legalidad se procedió a confeccionar formalmente los correspondientes expedientes de contratación antedatando las actuaciones e incurriendo en sucesivas infracciones de la normativa administrativa".

Entre las muchas ilegalidades que se cometieron, detalla la sentencia, "para ocultar que el órgano contratante no había dispuesto de la documentación necesaria al emitir las resoluciones formales de adjudicación de 15 de enero de 2004 en los expedientes correspondientes, los empleados del grupo Correa, los acusados Isabel Jordán y Javier Nombela, siguiendo instrucciones de Francisco Correa y Pablo Crespo, confeccionaron la documentación relativa a sus ofertas plasmando unas fechas anteriores (12 de enero de 2004) a las de su elaboración real y su entrega efectiva ante el organismo competente, que tuvo lugar a partir del 20 de febrero de 2004. Y en el caso de los certificados oficiales y bastanteos de poderes que debían presentar, consta en el sello de entrada del Registro del Ayuntamiento de Jerez que lo hicieron el 26 de febrero de 2004". Además, resalta tajante la sentencia, "los expedientes confeccionados están plagados de ilegalidades y arbitrariedades para sortear los controles de legalidad".

García-Pelayo aparece siete veces en la sentencia

¿Ningún político sabía nada? Según dictó el Tribunal Supremo, prácticamente la entonces alcaldesa, María José García-Pelayo (PP), no tenía por qué saber lo que firmaba. En la sentencia de la Audiencia Nacional su nombre aparece hasta en siete ocasiones. En las páginas 64 y 65 se asegura: "Han sido numerosas las declaraciones testificales practicadas, de cargo y de descargo, tanto de empleados del Ayuntamiento e IPDC de Jerez, inclusive de la alcaldesa señora García- Pelayo, investigada aforada cuya causa fue sobreseída provisionalmente por el TS por auto de 28 de abril de 2016, como de empleados y personas vinculadas con las empresas del grupo Correa".

"Respecto a la declaración testifical de la señora García-Pelayo, señalar que declaró asistida de letrado de su elección, a fin de preservar su derecho de defensa, por constarle a la Sala la solicitud de reapertura de la causa en el Tribunal Supremo efectuada por el Ministerio Fiscal a raíz de la presentación por la acusada doña Isabel Jordán de un escrito de reconocimiento de hechos y colaboración, adhiriéndose la acusación popular, y que a la fecha del juicio aún no se había resuelto", abunda la sentencia.

La "decisión verbal" de adjudicación directa por el Ayuntamiento de Jerez (IPDC) a las empresas pertenecientes al grupo Correa "se debió adoptar sobre el mes de octubre o noviembre de 2003 aproximadamente, por otra u otras personas distintas a los funcionarios municipales acusados en este procedimiento, que lo son como cooperadores necesarios". Fueron también investigados Isidro Cuberos, por aparecer como interlocutor entre las empresas y el Ayuntamiento —el conseguidor, según la instrucción—, quedando extinguida su responsabilidad criminal por fallecimiento el 27 de octubre de 2015, y "la alcaldesa de Jerez señora García Pelayo, aforada en el TS, respecto a la cual se dictó auto de sobreseimiento provisional de 28 de abril de 2016, por falta de prueba suficiente del dolo necesario al dictar las resoluciones ilegales y arbitrarias".

En todo caso, zanjan los magistrados de la Audiencia Nacional, "la ausencia del autor directo del delito de prevaricación no es óbice al castigo de los cooperadores necesarios, también coautores, que con su intervención eficaz y relevante hayan contribuido a que se materialice la adjudicación ilegalmente realizada".