El Constitucional niega la reincorporación cautelar a los parlamentarios expulsados de Adelante

El auto no entra en el fondo del asunto, pero provoca que Rodríguez y los suyos continúen como no adscritos hasta que llegue la sentencia, algo que probablemente suceda cuando haya acabado la legislatura

Teresa Rodríguez, de Adelante Andalucía, en un Pleno en el Parlamento andaluz.

Varapalo en el Tribunal Constitucional a Teresa Rodríguez y el resto de diputados expulsados de Adelante Andalucía. En un auto al que ha tenido acceso lavozdelsur.es, los magistrados niegan la petición de que, de forma cautelar, se produzca la reincorporación al grupo en el Parlamento andaluz, manteniendo así su condición de no adscritos y viendo así limitado su derecho a intervención, elevar propuestas y participación en comisiones.

Las esperanzas de los anticapitalistas estaba en este auto. Porque la sentencia, probablemente, tarde en llegar y no sea hasta concluida la legislatura cuando haya una decisión final. Es decir, aunque se les diera la razón, no sería posible reparar lo ocurrido. En base a ello, acudieron al Alto Tribunal pidiendo medidas cautelares que supusieran la vuelta a la actividad parlamentaria previa a la expulsión.

La Fiscalía ya se opuso a que se les otorgase la cautelar, al igual que el Letrado del Parlamento que elevó su informe al Constitucional. Existen varios razonamientos jurídicos entre las partes pero el asunto fundamental es uno: si bien es cierto que probablemente la legislatura acabará antes de que haya sentencia y eso perjudica a la situación actual de Rodríguez, se considera también que de aceptarse la medida cautelar y producirse la reincorporación quedaría sin efecto el sentido del acuerdo de la Mesa del Parlamento. Es decir, si "irreparable" resulta no readmitirlos, también "irreparable" sería hacerlo.

El Constitucional considera que efectivamente se produjo "baja" de los diputados en el partido por el que fueron elegidos, aunque no entra en si se trata de expulsión o de salida voluntaria, o de simple alejamiento acordado entre las partes. Eso es materia de la sentencia final probablemente, y como siempre que un tribunal valora la petición de una medida cautelar, no entra en el fondo del asunto porque eso corresponde al último paso, la citada sentencia.

La vía al Constitucional que abrieron los afectados porque alegaron que se conculca un derecho fundamental, el derecho a la participación y la representación política, a través de un recurso de amparo. El Constitucional ha preferido no mojarse en el corto plazo y deja la situación como estaba. 

Y todo cuando el Tribunal Constitucional reconoce la importancia que tiene un asunto que afecta a la representación política, algo que "aconseja reducir al máximo posible la eventual afectación de sus derechos". Pero lo que aprecia es que también estaría limitada la voluntad popular si no se ejecutan los acuerdos en materia de transfuguismo que alegaron los partidos en la Mesa del Parlamento para la expulsión.