La Comisión Europea (CE) ha solicitado la inadmisión a trámite de la petición de la Audiencia Provincial de Sevilla de elevar ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de anular las condenas impuestas a una decena de ex altos cargos por el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos en Andalucía, entre ellos los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán.
En su escrito de alegaciones, al que ha tenido acceso Europa Press y que ha sido adelantado por Diario de Sevilla, la Comisión considera que las cuestiones prejudiciales planteadas son "inadmisibles" y afirma que "se abstendrá de presentar observaciones sobre el fondo del asunto".
La CE sostiene que el TJUE es "manifiestamente incompetente" para pronunciarse sobre las cuestiones planteadas por la Audiencia sevillana. Recuerda, en este sentido, la jurisprudencia del propio tribunal europeo, según la cual no puede intervenir cuando la disposición del Derecho de la Unión cuya interpretación se solicita "no es aplicable al asunto principal o en el que una situación jurídica no está comprendida en el ámbito de aplicación del Derecho de la Unión".
Según el escrito, al proceder los fondos del presupuesto de la Comunidad Autónoma y no del presupuesto de la Unión Europea, el caso no se encuadra en el artículo 325 del Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE) ni en las normas sobre protección de los intereses financieros comunitarios. Por ello, dichas disposiciones "son simplemente inaplicables".
La Comisión añade que la interpretación solicitada de la normativa europea "no tiene ninguna relación con la realidad o con el objeto del litigio principal". Subraya además que no se ha acreditado ni alegado que los fondos analizados procedan del presupuesto de la Unión y que en las resoluciones judiciales previas "no existe referencia a la financiación de la Unión en relación con el programa controvertido".
La decisión de la Audiencia de Sevilla
Asimismo, la CE rechaza el argumento de la Audiencia de Sevilla sobre una posible afectación indirecta a los intereses financieros europeos a través de los presupuestos nacionales. Estas consideraciones "no justifican la admisibilidad de la petición de decisión prejudicial", al no existir un vínculo suficientemente directo, lo que convierte las cuestiones en "puramente hipotéticas".
El caso se enmarca en la decisión de la Audiencia de Sevilla de plantear una cuestión prejudicial tras las resoluciones del Tribunal Constitucional que anularon condenas en el caso de los ERE. El tribunal provincial justificó su iniciativa en la necesidad de evitar un "riesgo sistémico de impunidad futura en escenarios similares" y de "salvaguardar los intereses financieros de la UE".
Previamente, la Audiencia había solicitado a las partes que se pronunciaran sobre si el Tribunal Constitucional "se ha extralimitado" en su interpretación de los delitos de prevaricación y malversación, así como sobre la posibilidad de no aplicar las sentencias anulatorias dictadas por el alto tribunal.
