Advertencia para los recién casados: Hacienda multa por los regalos de boda no declarados

Las parejas se enfrentarán a sanciones económicas si no presentan el modelo 651 dentro de los seis meses posteriores a la celebración del enlace matrimonial

Un momento de la boda de los onubenses Alejandro y Cristina en Ribadeo, Galicia. ELFARERO
07 de marzo de 2026 a las 10:50h

La Agencia Tributaria ha comenzado a advertir a muchas parejas recién casadas de una obligación que no todos conocen. Los regalos de boda, especialmente aquellos que superan los 100 euros, deben declararse como donaciones ante Hacienda. De lo contrario, los novios podrían enfrentarse a sanciones económicas que, en algunos casos, pueden llegar a ser muy elevadas.

El organismo fiscal recuerda que estos regalos —ya sea dinero en efectivo, transferencias bancarias, pagos por Bizum o incluso bienes materiales— están sujetos al Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Es decir, no se consideran simples obsequios sin consecuencias fiscales, sino aportaciones que deben comunicarse a la administración tributaria.

La obligación implica realizar un trámite concreto. Los recién casados deben presentar el modelo 651 ante la administración tributaria correspondiente. Este documento tiene que entregarse dentro de los seis meses posteriores a la celebración de la boda. En él se debe indicar el valor del regalo recibido y la relación que existe entre la persona que lo entrega y quien lo recibe.

El importe final que se paga no es fijo. Depende de varios factores, entre ellos la cantidad recibida, el grado de parentesco entre el donante y los novios y la comunidad autónoma donde se tribute. Cada territorio aplica su propio régimen fiscal, lo que puede modificar significativamente el resultado final del impuesto.

Sanciones por los regalos no declarados

Ignorar esta obligación fiscal puede salir caro. Las sanciones previstas incluyen: multas del 50% de la cantidad no declarada cuando no supera los 3.000 euros; entre el 50% y el 150% si el importe no declarado supera los 3.000 euros; hasta el 150% de la cantidad no declarada en infracciones muy graves que incluyan prácticas fraudulentas.

Además, si Hacienda tiene constancia del dinero o los bienes recibidos, puede enviar un requerimiento a los cónyuges para justificar el incremento patrimonial. Este control puede producirse hasta cuatro años después de la entrega del regalo.

Los regalos de boda se consideran donaciones

En los últimos años, además, Hacienda ha intensificado el cruce de datos para detectar ingresos no declarados vinculados a celebraciones nupciales. Muchas parejas intentan compensar parte del coste del enlace con los regalos de boda, especialmente con el dinero que los invitados entregan para pagar “el cubierto”. Sin embargo, muchos desconocen que ese dinero también debe declararse.

Desde el punto de vista legal, una donación se produce cuando una persona entrega algo a otra en vida sin recibir nada a cambio, y esta práctica está gravada en España mediante el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. En esta categoría se incluyen los regalos de boda, tanto si se trata de dinero como de bienes.

Además, el modo de entregar el regalo ha cambiado. Cada vez más parejas prefieren recibir transferencias bancarias en lugar del tradicional sobre con dinero, lo que facilita a la administración detectar esos movimientos.

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Patricia Merello

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