"Coger carros de comida para familias necesitadas era para avergonzar a políticos; no cabe violencia ni robo"

Una veintena de miembros del Sindicato Andaluz de Trabajadores están citados a juicio por asaltar un supermercado en Écija en 2012

Miembros del SAT, durante el asalto a Mercadona en Écija. FOTO:ECIJAALDIA.ES
Miembros del SAT, durante el asalto a Mercadona en Écija. FOTO:ECIJAALDIA.ES

El Juzgado de lo Penal número 2 de Sevilla, ubicado en el edificio Noga, acoge el próximo miércoles, a partir de las 10:30 horas, el juicio contra 20 sindicalistas del Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT) a los que la Fiscalía acusa de asaltar y sustraer varias mercancías en un supermercado del municipio sevillano de Écija en 2012.

Su defensa, ejercida por el letrado David Rodríguez, pide su absolución al considerar los propios sindicalistas que fue "un acto simbólico". No obstante, por su parte, el Ministerio Fiscal solicita para cada uno un año y medio de prisión por un delito de robo con violencia.

Según reza en el escrito de acusación de la Fiscalía, al que ha tenido acceso Europa Press, además a tres de ellos les pide el pago de multas de 366 euros y de 180 por faltas de lesiones y el abono de una indemnización conjunta de 1.400 euros al establecimiento y de cantidades que oscilan desde los 180 a los 450 euros a trabajadores del supermercado que resultaron lesionados.

Las vista estaba fechada el pasado mes de septiembre pero fue aplazada por la incomparecencia de algunos de los procesados. Ese mismo día el secretario general del SAT, Óscar Reina, junto al histórico dirigente de este sindicato Diego Cañamero, encabezó una concentración ante las puertas de los juzgados de lo Penal para defender que realizaron "un acto simbólico" y no un robo con fuerza.

En declaraciones a los periodistas, Cañamero indicó que el acto que los militantes del SAT llevaron a cabo en 2012 al "expropiar" alimentos en un supermercado fue una "acción simbólica", a modo de denuncia ante la situación económica y social que sufría Andalucía, negando así que se tratara de un robo ya que "no hubo ánimo de lucro" y los alimentos "de primera necesidad" que se cogieron iban a ser destinados a servicios sociales.

Entre los acusados están el propio Óscar Reina; el exconcejal de Jaén en Común en el Ayuntamiento de Jaén Andrés Bódalo; el alcalde de Izquierda Unida de Pedrera, Antonio Nogales; el exdiputado provincial de Sevilla por IU Manuel Rodríguez Guillén, así como a 16 sindicalistas más. De lo sucedido en Écija fue absuelto Juan Manuel Sánchez Gordillo, histórico líder y alcalde de Marinaleda desde 1979, por no existir indicios de su participación material en los mismos, según acordó en enero de 2104 el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

En la concentración, tanto Cañamero como Reina aseguraron que "la denuncia" que hicieron en estos establecimientos "era porque había 400.000 familias andaluzas sin trabajo, sin ningún tipo de protección, que no podían pagar los suministros básicos y en situación de pobreza, por lo que no era ni robo ni violencia", a lo que añadió Cañamero que "coger cuatro o cinco carros de comida para repartirlos simbólicamente en una barriada de familias necesitadas era para que se avergonzaran políticos y gobernantes, por lo que ni cabe violencia ni robo".

Preguntado por el forcejeo que se produjo el día de los hechos con una cajera del supermercado, Cañamero pidió tener en cuenta el contexto ya que "había que entrar, llenar los carros y sacarlos rápidamente para meterlos en una furgoneta" que esperaba en la puerta y "repartirlo a las familias necesitadas", y pidió disculpas a estos trabajadores.

La Fiscalía señala en su escrito que esta veintena de acusados "puestos de común acuerdo" entraron en el establecimiento "con la intención de sustraer mercancía no abonando su importe". Así, "tras cargar una veintena de carros de la compra se dispusieron a salir por la línea de caja sin pagar" y pese a que "se interpusieron en la salida distintos empleados del supermercado requiriendo a los acusados el abono de la compra", acometieron contra ellos, causándole una serie de lesiones, y huyeron con el género, cuyo valor alcanzó los 1.400 euros.

Por su parte, la defensa de estos sindicalistas, según recoge en su escrito, está "disconforme" con la descripción de los hechos relatados por las acusaciones y niega la calificación de los mismos ya que estos "no son constitutivos de infracción penal alguna".

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