La nivola del procés

"Estamos ante el final material de la separación de poderes. El Congreso se pliega a los deseos del Supremo de que no se interrumpa el juicio ni se ponga en libertad a los Diputados ya proclamados e inmunes, mediante el sencillo procedimiento del suplicatorio".

Magistrados del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial. TRIBUNA FEMINISTA.
Magistrados del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial. TRIBUNA FEMINISTA.

Desde hace un tiempo que se discute sobre el relato, sobre el contar la verdad y la realidad, especialmente por la llegada de las fake news o verdad líquida, que no es otra cosa que el modo desvergonzado y arrogante de decir que las cosas las cuenta cada uno como le da la gana, porque todo es relativo y cada uno lo ve con su opinión. Relativismo. Así crece el creacionismo y la idea de que la Tierra pueda ser otra vez plana. Es el problema de una democracia de baja calidad, donde la expresión de los deseos ideológicos se confunde con la solidez de una opinión personal y sin contrastes en cualquier disciplina del conocimiento.

Hasta ahora creíamos que diferenciábamos, con relativa exactitud, entre la narrativa literaria y lo que pasaba en la realidad. Pero nos dimos cuenta de que siempre que contamos algo lo contamos con un miligramo o con una tonelada de nuestra perspectiva ideológica. Luego están los géneros: no es lo mismo la literatura de ficción que el ensayo. Los subgéneros: no es lo mismo un ensayo sobre biología molecular que uno sobre el derecho a suplicatorio si se está en prisión preventiva. Los ensayos deberían todos seguir las mimas normas, pero no lo hacen, y no pocas veces, en la ciencias no experimentales, la calidad ensayística se desliza, por ego o por interés ideológico (consciente o inconsciente), hacia las literaturas de ficción en lugar de permanecer en la literatura científica.

Esto es algo que el Prof. Pérez Royo le afeó al escritor del Supremo respecto a su auto del 14 de mayo, bajo el título “El orden de los factores sí altera el resultado”, porque el Supremo no respondió de la forma ordenada con la que el Prof. hubiera podido poner una buena nota. Eso sí, desde el punto de vista de la literatura de ficción ese auto ha dado comienzo al último, hasta ahora, capítulo de “La nivola del procés”, como la hubiera podido llamar un Miguel de Unamuno burlón.

Pues bien, “La nivola del procés” sigue adelante sin atender a las críticas literarias que intentan que el relato de la historia alcance una mejor calidad. José Antonio Martín Pallín, magistrado emérito del Tribunal Supremo, trató de explicarle al escritor del procés que ni Consti ni Ley la leerían sin agitar la cabeza con un mohín de rechazo, pero el ego romántico del autor le encerró en su propia visión de los hechos.

La Sra. Batet aseguró que la decisión sería estrictamente literaria y no de marketing publicitario. Aunque ya antes la Sra. Calvo daba por hecha la suspensión de los Diputados y se ponía por delante de Batet diciendo que la decisión era del Congreso, cuando todavía no había un informe de los letrados. El 8 de mayo se había publicado un artículo del letrado del Parlament y Prof. de la Pompeu Fabra, Sr. Antoni Bayona, en el que se dejaba claro que “La nivola del procés“ debía regresar a ser una novela realista y no ficcional, a pesar de los gustos de los consumidores.

Argumento del último capítulo de la nivola

Los escritores del Congreso, letrados para más señas, han insistido en un relato mezcla de realidad en lata y ficción al gusto. Nada que objetar. Todo es cuestión de opiniones. En lugar de tomar la realidad por sí mismos, ajenos a cualquier opinión que sobre ella tengan otros, parten de lo dicho por el Tribunal Supremo, y reducen la realidad completa a la visión de la realidad que ya había acotado ese mismo Supremo: que el Supremo rechazaba la necesidad de un suplicatorio del Congreso y, por lo tanto, desconocía la inmunidad parlamentaria de los nuevos Diputados y Senador. Esto a pesar de que el propio Supremo había autorizado a presentarse a la sesión constitutiva del Congreso a los Diputados y Senador. Si estos Diputados y Senador podían acreditarse y asistir a tal sesión lo era solo y exclusivamente por su condición de Diputados revestidos de inmunidad, dado que la inmunidad está disuelta en la calidad de Diputado, excepto un suplicatorio que la retire.

Lo curioso es la argumentación sobre el famoso art. 21.1.2° del reglamento del Congreso, que no olvidemos tiene rango de Ley Orgánica. Se exigen tres circunstancias en necesaria unidad de acción: suplicatorio, auto de procesamiento firme y prisión preventiva. Los letrados dicen que este artículo no se puede aplicar porque el Tribunal Supremo no lo quiere con su auto y como el artículo lo nombra, entonces, el artículo no vale. Y que entonces hay que aplicar la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Estos argumentos les parecerán razonables a muchas personas, por distintos motivos. Ya la Sra. Batet quería dejarnos claro que no entenderíamos ni papa de todo esto porque esto es cosa de juristas y una decisión jurídica compleja. Tiene poco de compleja, en realidad, si nos manejáramos con una competencia lectora razonablemente buena de textos complejos, nada muy diferentes al argumento de una buena novela de ficción o de ciencia ficción.

El Congreso de los Diputados debería haber defendido, por encima de todo, a sus Diputados, y la gente debería comprenderlo, pero no por una defensa gregaria sino por la defensa de la soberanía del Congreso, que es donde reside la soberanía fuente de toda la realidad llamada España, algo que dice la Constitución de 1978. No se trata de que el Congreso se enfrente al Supremo, no es esa la cuestión, aunque podría serlo. Se trata de cumplir exquisitamente con la Ley. Algo que, en opinión de diversos grandes juristas, no se está haciendo. La pregunta es por qué el Congreso huye de su responsabilidad y de un acto tan sencillo como el de exigir al Tribunal Supremo que respete los límites entre los Poderes del Estado, para que se produzca la votación del suplicatorio.

No nos damos cuenta de la gravedad extrema que significa que un tribunal pueda juzgar a personas que gozan de inmunidad parlamentaria, uno de los grandes logros del Estado de Derecho, fundamento previo a cualquier Estado Democrático.

Estamos ante el final material de la separación de poderes. El Congreso se pliega a los deseos del Supremo de que no se interrumpa el juicio ni se ponga en libertad a los Diputados ya proclamados e inmunes, mediante el sencillo procedimiento del suplicatorio. El Poder Judicial, corporeizado en el Tribunal Supremo, exige al Congreso que cumpla con sus propios objetivos. Los principios nacidos en la Revolución Francesa ruedan ya por el suelo y el Poder Judicial se hace con el Estado entero. Es el entierro, feo, de Montesquieu.

 

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