Jerez avanza en la ordenanza de regulación de los VTC: no permitirá coches de más de diez años

El pleno aprueba inicialmente la ordenanza municipal reguladora de los servicios de arrendamientos de Vehículos de Transporte con Conductor

Taxistas, en la parada de la estación de tren de Jerez.
Taxistas, en la parada de la estación de tren de Jerez.

El pleno ha aprobado por unanimidad de forma inicial la ordenanza reguladora de los servicios de arrendamiento con conductor (VTC) que tiene como objeto regular el régimen jurídico aplicable a estos servicios que se realicen con origen y destino en el término municipal de Jerez, en los términos establecidos en la disposición transitoria única, apartado 1.c) del Real Decreto Ley 13/2018, de 28 de septiembre, por el que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y en la normativa sobre protección y defensa de personas consumidoras y usuarias.

Como ha explicado el delegado de Movilidad, Rubén Pérez, este Gobierno cumple su compromiso de atender las peticiones y aportaciones de los grupos, en este caso de Adelante Jerez, y su contenido va en la línea de nuestra apuesta por una ciudad más humana y habitable en la que estamos avanzando en una mayor calidad de vida en sus barrios, en consonancia con los objetivos de Desarrollo Sostenible que marca la Agenda 2030.

En este sentido, el borrador de ordenanza establece un marco normativo para optimizar y racionalizar el uso del espacio público en su término más amplio, con el fin de favorecer una movilidad más sostenible y preservar el medioambiente, minimizando la afectación al tráfico rodado y evitando la congestión del tráfico en calles estrechas y el deterioro que se produce en las edificaciones de Jerez debido al tránsito de vehículos. Todo ello, además, debe de ser conciliable con la actividad económica y comercial, haciéndola compatible con el tránsito regulado y controlado de vehículos”.

De esta forma, la regulación de este servicio en la ciudad, debe de ir en consonancia —en palabras de Rubén Pérez— con una planificación definida y sostenida de la movilidad en la ciudad, y de manera especial, en el centro histórico, donde el uso racional del viario existente, el tráfico y la movilidad son fundamentales para la revitalización de este ámbito, según se establece en nuestro Plan de Movilidad específico para esta zona. “El centro es incompatible con un uso indiscriminado del coche, y eso lo han entendido ya muchas ciudades europeas y españolas, por lo que tenemos que hacer planteamientos de futuro, revertir la inercia de las últimas décadas y que el coche, que genera ruido, suciedad y un ambiente insalubre, no sea el protagonista”, ha señalado Rubén Pérez.

En cuanto al contenido del borrador, el delegado municipal ha señalado que el Ayuntamiento “no es competente para regular cuestiones en materia de este tipo de transportes pero sí puede regular, mediante ordenanza, el establecimiento o modificación efectiva de las condiciones de explotación de las autorizaciones”. Igualmente, ha explicado que “a día de hoy, Andalucía no ha aprobado nueva regulación sobre esta actividad, aunque sí está vigente la normativa que somete a los VTC y taxis que presten servicios de recogida de viajeros en puertos o aeropuertos de Andalucía a la contratación previa y a cumplimentar un libro de registro de contratos debidamente diligenciado.

Entre otras cuestiones, el borrador de esta ordenanza establece la constitución de un registro municipal de autorizaciones de VTC en el que se incluirán los permisos para ejercer esta actividad, así como todos los datos sobre titularidad y vehículos. Asimismo, la ordenanza regulará “la correcta utilización del dominio público viario, la mejora en la gestión del tráfico urbano, y la protección del medio ambiente y prevención de la contaminación atmosférica, haciendo un especial hincapié en materia de estacionamiento, horarios y calendarios de servicio o restricciones a la circulación, así como las limitaciones de parada y estacionamiento de estos vehículos, cuyo servicio deberá de contratarse al menos con una antelación de 15 minutos, salvo en casos de emergencias o asistencia en carreteras.

Igualmente, la ordenanza limita la circulación sin transporte de clientes de estos vehículos en función de su impacto sobre la calidad del aire y no se permiten coches de más de diez años, salvo algunas excepciones. Además, la ordenanza regula otras cuestiones sobre este servicio, como pueden ser aspectos relacionados con la circulación, medios de vigilancia y control, régimen sancionador, condiciones de la contratación, deberes de los prestadores del servicio, o derechos y deberes de los usuarios.

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