22 bares de Dos Hermanas irán a juicio por piratear partidos de fútbol

La Audiencia Provincial de Sevilla considera que no está prescrito el delito leve contra el mercado y los consumidores del que se les acusa

La Audiencia de Sevilla acusa a 22 bares de Dos Hermanas de piratear partidos de fútbol.
La Audiencia de Sevilla acusa a 22 bares de Dos Hermanas de piratear partidos de fútbol.

La Audiencia Provincial de Sevilla considera que no está prescrito el delito leve contra el mercado y los consumidores del que se acusa a un total de 22 bares de la localidad sevillana de Dos Hermanas por piratear partidos de fútbol, en una operación nacional en la que hay involucrados 4.300 negocios.

En un auto firme, del que se hace eco Diario de Sevilla, la Sección Tercera de la Audiencia considera que los negocios de Dos Hermanas fueron "correctamente identificados" con el primer atestado policial emitido en noviembre de 2018. Los hosteleros se enfrentan a posibles denuncias y a tener que indemnizar a la Liga de Fútbol Profesional. 

“No toda irregularidad constituye delito, ya que la jurisprudencia recoge supuestos en los que no lo hay”, asegura Andrés Piña Cabezas, abogado del primer hostelero que será juzgado, quien pide la prescripción del delito, ya que argumenta que "a través de equipos legítimos facilitados por el proveedor se amplifica la señal para hacerla llegar a todas las habitaciones, sin empleo de equipos o programas informáticos diseñados para piratear la señal".

Durante la Operación Themis, desarrollada en diciembre de 2018 para identificar a bares que emitían ilegalmente los partidos de fútbol, la Policía Nacional constató la emisión de los encuentros sin los elementos de seguridad (logo, mosca y fingerprint). Un fraude que La Liga valora en más de 11 millones de euros en todo el país. Según la denuncia, los dueños utilizan descodificadores ilegales o aparatos legales pero contratados para domicilios particulares, un tercio más baratos, para emitir en bares y casas de apuestas.

Concretamente, el juez abrió juicio a los 22 bares investigados en el municipio sevillano por un delito leve contra el mercado y los derechos de los consumidores (artículo 286 del Código Penal), castigado con pena de multa. De este modo, no les atribuyó un delito contra la propiedad intelectual (artículo 270 del Código Penal), que prevé prisión de 6 meses a 4 años a quienes “reproduzcan, plagien, distribuyan o comuniquen públicamente una obra o creación literaria, artística o científica”.

En este sentido, el Tribunal Supremo, ya había establecido en 2013 que la grabación de los eventos deportivos “no constituye una obra protegida por la propiedad intelectual puesto que no son creaciones originales literarias, artísticas o científicas”. Según el juez, “no son consideradas creaciones con unos estándares de originalidad y creatividad que puedan ser protegidos por tal normativa". La Liga recurrió la que se les aplicase los dos delitos, sin embargo, finalmente, se confirmó la decisión del juzgado de declarar como leves las 22 infracciones denunciadas, que serán juzgadas por separado.

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