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Las víctimas tenían en el momento de cometerse los hechos entre 5 y 11 años. Aun así, el tribunal, "en aras de los principios de humanidad y reinserción social", fija el límite de la pena en 20 años.

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a un varón, identificado como L.F.M.A. y nacido en 1985, a 54 años y tres meses de cárcel por agredir sexualmente a cuatro hermanos menores de edad y abusar de una quinta hermana también menor —todos ellos con edades comprendidas entre los cinco y once años y de nacionalidad rumana— en un pueblo de Sevilla.

En la sentencia, fechada el pasado 5 de febrero, el tribunal condena al acusado a 51 años y seis meses de prisión por cuatro delitos continuado de agresión sexual con acceso carnal a víctimas menores de 13 años, así como a dos años por un delito de abuso sexual a víctima menor de 13 años y a nueve meses de prisión por un delito de exhibición de pornografía a menores.

Asimismo, la Audiencia impone al acusado, de 34 años de edad y que se encontraba en libertad provisional, la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros a los menores en cualquier lugar en que se encuentren, así como de acercarse a igual distancia de su domicilio y centro de estudio, y la prohibición de establecer con ellos contacto, ambas prohibiciones por tiempo de 25 años que se computarán a partir del 19 de octubre de 2012.

Además, condena al acusado a indemnizar a las cinco víctimas con un total de 88.000 euros, todo ello a consecuencia de unos hechos que se produjeron en 2012. El tribunal señala en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, que la suma aritmética de las penas impuestas "excede con mucho de los límites de cumplimiento establecidos en el artículo 76 del Código Penal, en aras de los principios de humanidad y reinserción social", por lo que fija el límite de cumplimiento de todas las penas privativas de libertad impuestas en 20 años de prisión.

Relación de confianza

En su relato de los hechos probados, el tribunal expone que desde 2012 el acusado, con 27 años por entonces, mantenía "una relación de confianza con cinco niños rumanos, hermanos entre sí y de edades comprendidas entre los cinco y los once años". En el contexto de esta "peculiar" relación, el acusado, "con conocimiento cierto de la edad de los menores", realizó con cada uno de ellos los actos objeto de esta causa.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se relata que a uno de los menores, entonces de siete años, lo llevó en bicicleta en hasta seis ocasiones a una casa abandonada de las afueras del pueblo, donde le realizó tocamientos con los pantalones bajados y le obligaba a realizarle masturbaciones, así como "realizaba movimientos frotatorios o de penetración". Estos mismos hechos los llevó a cabo con otros hermanos en la misma casa abandonada, en un lugar junto al polideportivo de la localidad y en un campo indeterminado. Incluso les "pegaba" cuando los menores trataban de negarse a estas prácticas.

De otro lado, el condenado montó en la bicicleta a la hermana de los menores, de once años, pese a su negativa y se la llevó a un campo en las afueras de la población, "donde le dio un beso en los labios, amenazándola con matarla a ella y a sus padres si contaba lo sucedido".

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Jorge Miró

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