Estas son las 1.821 páginas de la sentencia (que no es firme) de los ERE de Andalucía

Los condenados tienen un plazo de cinco días para comunicar un recurso de casación del Tribunal Supremo

Juicio de los ERE, en una imagen de Canal Sur.
Juicio de los ERE, en una imagen de Canal Sur.

Los procesados que han resultado condenados en el juicio de la llamada pieza política del caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos de la Junta de Andalucía dispondrán de un plazo de cinco días para comunicar el posible recurso de casación al Tribunal Supremo (TS) que quieran interponer contra el fallo notificado este martes.

Así se desprende del fallo de la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla que se ha dado a conocer este martes y por la que han resultado condenados, entre otros, los expresidentes socialistas del Gobierno andaluz Manuel Chaves —a nueve años de inhabilitación especial por un delito continuado de prevaricación— y José Antonio Griñán, a una pena total de seis años y dos días de cárcel y 15 años y dos días de inhabilitación especial.

En total, 19 de los 21 ex altos cargos de la Junta de Andalucía enjuiciados en esta causa han resultado condenados, mientras que sólo dos —el exinterventor general de la Junta Manuel Gómez y el exjefe del Gabinete Jurídico Francisco del Río— han sido absueltos de todos los delitos que le imputaba la Fiscalía Anticorrupción. La sentencia, consultada por Europa Press, especifica que "no es firme" y contra la misma "podrán interponer recurso de casación, que deberá prepararse en el plazo de cinco días, a contar desde la última notificación", que se ha producido este martes.

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Resumen sentencia de los ERE

No obstante, fuentes judiciales han apuntado a Europa Press que las defensas de los condenados tienen previsto solicitar una ampliación del plazo establecido para presentar sus recursos de casación, y confían en que obtendrán esa concesión atendiendo a precedentes de otras macrocausas.

Periodos de cárcel ya cumplidos

De igual modo, el fallo señala que se declara "de abono para el cumplimiento de la pena de prisión el tiempo de privación de libertad sufridos por esta causa" por parte de encausados que, en la fase de instrucción del caso, pasaron un periodo en prisión provisional.

En concreto, el ex director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero estuvo privado de libertad por esta causa entre el 10 de marzo y el 22 de octubre de 2012, y desde el 20 de marzo y el 5 de junio de 2013, mientras que el consejero de Empleo Antonio Fernández estuvo en prisión provisional entre el 24 de abril y el 10 de agosto de 2012, según recuerda la propia sentencia. Además, también estuvo privado de libertad por esta causa durante un día —el 27 de julio de 2012— el ex viceconsejero de Empleo Agustín Barberá.

Por otro lado, en virtud del fallo de la sentencia, el tribunal ratifica "por sus propios fundamentos y con las reservas legales, las resoluciones que sobre la capacidad económica de los acusados dictó el juez de instrucción".

Pago de costas

Además, los condenados tendrán que afrontar el pago de las costas procesales causadas --excluidas las de las acusaciones populares--, que "han de ser impuestas a los criminalmente responsables de un delito o falta, por imperativo del artículo 123 del Código Penal", según señala la sentencia, que detalla que, teniendo en cuenta que 21 acusados lo han sido "de prevaricación, 15 de malversación y, respecto de un encausado, se retiró la acusación por el único delito del que venía acusado —prevaricación— las costas hacen un total de 37 partes o cuotas".

De este modo, "procede imponer a cada acusado 1/37 parte de las costas por cada delito del que sea condenado, y declarar de oficio 1/37 parte de las costas por cada delito del que se absuelva", según establece la sentencia.

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